La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) aclaró que no ha decretado medidas cautelares preventivas ni ha iniciado procesos de cobro coactivo contra empresas importadoras de combustibles, en medio de la controversia surgida el pasado 5 de noviembre.
“No se han decretado medidas cautelares preventivas ni procesos de cobros coactivos a ninguna empresa importadora de combustibles”, indicó la entidad.
La Dian explicó que las importaciones de gasolina y ACPM están sujetas al impuesto al valor agregado (IVA) con una tarifa del 19 %, de acuerdo con la posición institucional ratificada en los Conceptos 010763 (int. 2305) de 2024 y 08922 (int. 1324) de 2025.
“Los combustibles gasolina y ACPM están gravados con IVA desde la Ley 1819 de 2016. Por tanto, los importadores deben declarar, liquidar y pagar los tributos aduaneros al momento de nacionalizar esos bienes”, recordó la Dian.
La entidad señaló que en ejercicio de las facultades de control y fiscalización establecidas en el Decreto 920 de 2023, adelanta investigaciones sobre las declaraciones de importación de todas las empresas del sector, con el fin de verificar la correcta liquidación y pago de los tributos.
“Los importadores que no hayan pagado estos tributos deben hacerlo. Para el efecto, la DIAN adelantará las investigaciones correspondientes, manteniendo la reserva legal y garantizando el derecho al debido proceso y a la defensa”, precisó.
La entidad también recordó que los minoristas de combustibles pagan el IVA cuando adquieren estos productos desde 2017, y los importadores tienen derecho a descontar ese impuesto conforme al artículo 488 del Estatuto Tributario.
Finalmente, la Dian reiteró que su propósito es garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en todos los sectores económicos.
“Buscamos asegurar el cumplimiento de las normas y contribuir a la seguridad fiscal y a la competitividad del país”, concluyó la entidad.