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Declaración de renta: así debe presentar los ingresos de un CDT

Una de las dudas más comunes entre quienes deben declarar es cómo se deben reportar los Certificados de Depósito a Término (CDT). Aquí le explicamos.

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Actualizado:
Sábado, Septiembre 7, 2024 - 09:25
Declaración de renta
Descubra qué personas deben declarar renta entre el 1 y el 7 de octubre.
Colprensa - Pexeles

En Colombia, la presentación de la declaración de renta es una obligación que recae anualmente sobre personas naturales y jurídicas. Para el año 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido una serie de criterios que determinan quiénes deben cumplir con este deber fiscal. Si bien no todos los ciudadanos están obligados a declarar, existen parámetros que, al ser alcanzados, hacen que la presentación de la declaración sea obligatoria.

¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2024?

La obligación de declarar renta recae sobre quienes cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:

  1. Patrimonio bruto: Aquellos cuyo patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2023 supere las 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale aproximadamente a $190.854.000 
  2. Ingresos brutos: Personas cuyos ingresos brutos durante el 2023 sean iguales o superiores a 1.400 UVT, lo que equivale alrededor de $59.377.000
  3. Consumos con tarjeta de crédito: Si los gastos efectuados con tarjeta de crédito durante el 2023 superan las 1.400 UVT.
  4. Compras y consumos totales: Quienes hayan realizado compras y consumos por un valor superior a 1.400 UVT en 2023.
  5. Consignaciones bancarias y depósitos: Aquellos cuyos depósitos, consignaciones bancarias o inversiones financieras durante el año 2023 excedan las 1.400 UVT.

De interés: Esto es lo que debe invertir para ganar $500.000 al mes con un CDT

Billetes y un hombre celebrando
Cada año, tanto personas naturales como jurídicas en Colombia deben presentar su declaración de renta.
Foto de Andrea Piacquadio: Pexeles

¿Cómo incluir los CDT en la declaración de renta?

Una de las dudas más comunes entre quienes deben declarar es cómo se deben reportar los Certificados de Depósito a Término (CDT). Según explica Edgar Jiménez Méndez, contador público y especialista en finanzas al medio digital de Noticias RCN, los CDT vencidos durante el año 2023 deben ser presentados dentro del patrimonio e ingresos del contribuyente.

Jiménez, quien es docente en la Universidad Jorge Tadeo Lozano, detalla que, si un CDT venció en 2023 y cumple con los requisitos de declaración, este debe incluirse en el patrimonio total. Además, los rendimientos generados por dicho CDT se consideran como ingresos adicionales que deben ser reportados.

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“El patrimonio crece con los activos, y los intereses generados deben reportarse como ingresos”, aclaró Jiménez. Esto implica que los rendimientos financieros obtenidos por un CDT se suman a los ingresos del contribuyente, lo cual impacta directamente el monto total a declarar.

Mujer contando dinero y haciendo cuentas
En octubre, las tasas de rentabilidad para los CDT han registrado una ligera disminución debido a esta tendencia.
Foto de Tima Miroshnichenko: Pexeles

Por otro lado, Jiménez también mencionó que la retención en la fuente aplicada sobre los rendimientos del CDT puede considerarse un punto a favor, ya que el impuesto ya fue descontado previamente: “Cuando me gano un millón de pesos en intereses, ya me lo quitan por la derecha, como decimos coloquialmente. Es decir, ya he pagado una parte del impuesto”, añadió el experto.

Tasas de Interés para CDT en septiembre: ¿Qué bancos ofrecen mejor rentabilidad?

Para quienes están interesados en abrir o renovar un CDT en Colombia, la Superintendencia Financiera ha revelado recientemente las tasas de interés más competitivas ofrecidas por los bancos en septiembre de 2024. A continuación, presentamos las entidades con mejores tasas para los diferentes plazos:

Ban100

  • Tasa a 90 días: 10.59%
  • Tasa a 360 días: 12.18%

Banco Colpatria (Scotiabank)

  • Tasa a 90 días: 9.76%

Banco AV Villas

  • Tasa a 90 días: 7.26%
  • Tasa a 360 días: 8.35%

Banco Agrario de Colombia

  • Tasa a 360 días: 7.84%
Fuente:
Sistema Integrado Digital