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Convocatoria de subsidios de vivienda para venezolanos en Colombia: paso a paso para postularse

El plazo para la inscripción es hasta el 13 de octubre de 2023.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Septiembre 7, 2023 - 09:07
Subsidio de vivienda
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iStock

El Ministerio de Vivienda, a través del Fondo Nacional de Vivienda, anunció la apertura de la convocatoria para que los hogares migrantes venezolanos en Bogotá accedan a un subsidio familiar de vivienda en modalidad arrendamiento. 

Según lo estipulado por la cartera, el subsidio que se pretende asignar será de 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y se aplicará al canon mensual de arrendamiento por un período máximo de 12 meses. 

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Sin embargo, resaltan que los contratos de arrendamiento tendrán que ser modificados con los propietarios de las viviendas que hagan parte del programa. Es de destacar que el subsidio lo recibirá directamente el arrendador. 

¿Cómo postularse al subsidio de vivienda para migrantes venezolanos?

Los migrantes venezolanos en Bogotá que quieran acceder al subsidio de vivienda, pueden realizar su postulación a través de la plataforma web cargando los documentos solicitados y posteriormente serán verificados por Fonvivienda. 

Tenga en cuenta que según el Decreto 057 de 2021, se define hogar migrante como aquel conformado por una o más personas de nacionalidad venezolana que integren el mismo núcleo familiar, los cónyuges, las uniones maritales de hecho, incluyendo las parejas del mismo sexo, y/o el grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan un mismo espacio habitacional. 

Además, deben los integrantes del hogar, deben contar con cédula de extranjería vigente, Permiso Especial de Permanencia - PEP- vigente, o el instrumento que defina el Gobierno Nacional.

El plazo para la inscripción es hasta el 13 de octubre de 2023. 

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Requisitos

  • Ingresos de hasta dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes – 2 SMMLV.
  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
  • No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda que haya sido aplicado, incluyendo del programa de arrendamiento y arrendamiento con opción de compra 'Semillero de Propietarios'.
  • No haber sido beneficiarios, a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés.
Fuente:
Sistema Integrado Digital