Comerciantes no pagarán derechos de autor durante meses de cierre

La decisión la tomó la organización Sayco - Acinpro.
Sayco
Crédito: Colprensa

La organización Sayco - Acinpro anunció una serie de medias para beneficiar a los comerciantes durantes los meses de cierre de los establecimientos que incluyen, entre otras disposiciones, no realizar cobro alguno sobre el periodo en el cual los locales comerciales se encuentren cerrados por la pandemia del COVID-19.

Según esa asociación, "a los establecimientos que no han cancelado nuestra licencia para el presente año, se deducirá sobre la tarifa liquidada, los meses en los que, por motivo de la cuarentena los negocios han estado cerrados".

Además a los establecimientos que ya pagaron los derechos por el año 2020, y que han tenido sus negocios cerrados, "la licencia emitida se extenderá, al reinicio de actividades, por el mismo tiempo en los que duró el cierre".

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Es decir que la licencia mantendrá sus efectos jurídicos por el tiempo adicional "que representó la imposibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales, para el año 2021".

Asimismo a los establecimientos que ya pagaron su licencia de derechos de autor y conexos para el año 2020 y que han tenido sus negocios cerrados con ocasión del periodo de aislamiento "y que lamentablemente cerraran definitivamente, y que, como consecuencia de ello, no va a continuar utilizando los derechos de autor y conexos licenciados, deberán realizar su solicitud", ante esa entidad.

Primero se debe hacer la solicitud formal de devolución proporcional al tiempo de licencia que no fue efectivamente utilizado, es decir, "sólo sería procedente por los meses en que estuvo cerrado el establecimiento por cuarentena y por los meses que luego de levantada no se vayan a causar".

Entre los documentos que se exigen también está una copia de certificado de Cámara de Comercio en donde conste cancelación del establecimiento de comercio respectivo.

La prueba de terminación del contrato de arriendo del local comercial y/o fotos-video que evidencie la inexistencia en la actualidad del establecimiento de comercio.

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Una copia de certificado de cuenta bancaria a nombre de la persona jurídica o natural propietaria del establecimiento de comercio para efectos de la transferencia a que haya lugar.

Los anteriores documentos deberán presentados, ya sea física o digitalmente a través del correo electrónico servicioalcliente@saycoacinpro.org.co.

"Una vez recibido, se procederá a realizar las verificaciones del caso, y, una vez establecido el cierre definitivo, se determinará la fecha y valor proporcional que se devolverá a cada usuario, de lo cual se le hará la respectiva notificación", indicó Sayco - Acinpro.


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