Trámite de adopciones durante cuarentena vuelva a cambiar

La modificación se hizo 15 días después del llamado de atención del alto tribunal.
Adopción de niños
Crédito: Ingimage (Referencia).

El Consejo Superior de la Judicatura tuvo que modificar nuevamente la medida sobre los trámites de adopción durante la emergencia sanitaria decretada por el coronavirus (COVID-19), en menos de 15 días, tras un llamado de atención de la Corte Suprema de Justicia.

La Judicatura había dado vía libre para continuar con el trámite de los procesos que solamente habían sido admitidos para estudio, dejando por fuera muchos casos de adopción y llevando a que se ordenara a los procuradores judiciales asumir esos trámites.

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El hecho causó repudio en la Corte Suprema de Justicia, tanto así que tuvo que emitir una solicitud con carácter de urgencia dirigida a la presidente de la Judicatura, Diana Remolina, para que se continuara con el trámite de adopción de todos los procesos, sin excepción alguna.

La Corte le hizo un fuerte llamado de atención a esa entidad judicial, al advertirle que, al no cobijar con la medida a todos los procesos de adopción, se estaba afectando “gravemente los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”.

El alto tribunal le dijo a la Judicatura que se estaba violando el derecho de ese grupo de menores de edad, a tener una familia “la sala expresa su hondo malestar sobre el particular”.

Además, cuestionó que se haya tenido que designar a un grupo de procuradores para hacer el trabajo de los jueces de la República, pues “son los jueces quienes en forma expresa e inmediata deben decidir sobre las adopciones”.

Y añade que “asignar esa atribución a los procuradores, los convertirá en jueces y partes, aspecto que riñe con el anunciado proceso democrático y de la independencia judicial”.

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Un día después del regaño, el Consejo Superior de la Judicatura tuvo que acoger la petición y modificar la decisión e incluir en las excepciones de suspensión de términos por la COVID-19 todos los procesos de adopción.

Esa decisión se dio a conocer en el acuerdo PCSJA20-11546 del 25 de abril de 2020 “articulo 8: excepciones a la suspensión de términos en materia de familia (…) procesos de adopción, los cuales adelantaran de manera virtual”.


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