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Si no se da el paso a una ambulancia en emergencia, ¿hay comparendo?

El incumplir esta norma, le traerá sanciones económicas importantes.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Junio 13, 2022 - 17:05
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Una de las normas que debe saber todo conductor, sin duda, es de habilitar el paso a una ambulancia o un vehículo de servicio en emergencia, pues, según lo estipula el Código de Transporte en algunas de sus normas mínimas en el artículo 64 debe cederse el paso en la vía a los carros de emergencias.  

“Cesión de paso en la vía a vehículos de emergencia. Todo conductor debe ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpo de bomberos, vehículos de socorro emergencia, y de la Policía o Ejército, orillándose al costado derecho de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o audible. En todo caso los vehículos de emergencia deben reducir la velocidad y constatar que les han cedido el derecho de paso al cruzar una intersección. PAR.  En calzadas de (3) carriles, deberá procurarse despejar, como mínimo el carril del medio para el paso de estos vehículos. Si tiene más de (3) se despejará, el siguiente al del carril más rápido, o por donde halla demarcado la autoridad de tránsito mediante señalización especial. En todo caso se permitirá el paso”. 

 

Caravana de ambulancias en Bogotá
RCN Radio - Inaldo Pérez

¿Cómo actuar al momento que una ambulancia pida el paso? 

La prelación del Código Nacional de Tránsito, señala que los vehículos deben abrirse paso hacia la derecha para que el vehículo de urgencia, en este caso la ambulancia pueda pasar. No obstante, en las vías del país es un poco difícil este paso ya que son escasas las vías que cuentan con dos carriles sin separador. En este caso, el conductor si ve imposibilitado el movimiento hacía este carril, lo que debe hacer es detener el vehículo, pero generando el espacio suficiente para que la ambulancia en este caso, pueda proceder. De igual manera, si está en un semáforo, deberá poner en movimiento en el automóvil, siendo precavido para no ocasionar accidentes con algún peatón.  

 

Este beneficio estará vigente hasta el 30 de junio del presente año.
Archivo

Si no se le da paso a una ambulancia en emergencia, ¿Puedo recibir comparendo? 

Se pueden presentar diversas situaciones para poder brindar el paso a una ambulancia, por ejemplo, en caso de que el vehículo de emergencias está transportando una persona y este no está herido, no hay problema alguno, sobre todo porque este vehículo, aunque marchará apurado, no lo hará con gran rapidez ya que la emergencia no es vital.  

En dado caso que se presente el vehículo, y haga las respectivas señalizaciones y el conductor decida no dejar pasar la ambulancia, tendrá una fuerte sanción económica, que como se define en el Código Nacional de Tránsito en el artículo 131, si es sorprendido por un agente de tránsito, deberá pagar 30 salarios mínimos diarios legales vigentes lo que equivale a un total de $999.990. Ahora bien, pese a incumplir esta normal, no le pueden hacer la inmovilización de su vehículo.  

Fuente:
Sistema Integrado Digital