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Procuraduría envía listado de actividades que deben cubrir ARL ante coronavirus

El procurador Fernando Carrillo insiste en que las aseguradoras deben aceptar la COVID-19 como una enfermedad laboral.

Actualizado:
Lunes, Abril 13, 2020 - 14:53
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Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica son algunas de las prestaciones asistenciales que las Aseguradoras de Riesgo de Laborales (ARL) deben cubrir en el marco de la pandemia de la COVID-19 en el país, según indicó el procurador Fernando Carrillo.

A través de una carta enviada a las ARL Seguros Alfa, Positiva Compañía de Seguros, Colmena Seguros, Sura, La Equidad Seguros, AXA Colpatria y Seguros Bolívar, el jefe del Ministerio Público llamó la atención para que esa entidades acepten como enfermedad laboral el contagio por la COVID-19.

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En ese sentido, el procurador Carrillo insistió que las prestaciones asistenciales también deberán cubrir servicios de hospitalización, suministro de medicamentos, servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.

Carrillo precisó que también se deberá cubrir la rehabilitación física y profesional, al igual que los gastos de traslado necesarios para la prestación de estos servicios.

En cuanto a las prestaciones económicas, la Procuraduría señaló que las ARL deberían cubrir lo que corresponde a un subsidio por incapacidad temporal, pensión de sobrevivientes y auxilio funerario.

Carrillo manifestó que no solo los médicos y enfermeras se ven expuestos diariamente al contagio del virus, sino también los trabajadores administrativos, de vigilancia, domiciliarios, periodistas y vigilantes, entre otros.

“Trabajadores encargados de aseo del sector salud, sociales y demás empleados de medios de comunicación; supervisores de empresas de seguridad privada; personal de sistemas de transporte; personal de control fronterizo, cuerpo de bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja”, señala uno de los apartes de la carta del procurador.

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En ese grupo de personas que se ven expuestas diariamente a la enfermedad, el procurador también mencionó a los empleados de supermercados, panaderías, minimercados, empresas de servicios públicos domiciliarios, droguerías y farmacias y empleados públicos.

Fernando Carrillo concluyó que las entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social deben orientar sus acciones inicialmente al control del contagio y propagación de la enfermedad de la COVID-19.

Fuente:
Sistema Integrado de Información