Breadcrumb node

Prima navideña: tenga en cuenta la fecha límite que tiene el empleador para pagarla

Tenga en cuenta que puede haber diferencias en la fecha de pago dependiendo si trabaja para el sector público o privado.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Noviembre 17, 2021 - 22:00
Prima navideña
La Dian realizará investigación de bienes a 3.000 contribuyentes morosos.
Foto: Ingimage

Muchos colombianos esperan con ansias la llegada de fin de año, no solo por las festividades o las vacaciones, sino también porque es en esta época que los empleadores, tanto públicos como privados, deben pagar la prima de Navidad.

Le puede interesar: Pago de prima de navidad a empleados funcionarios públicos será en noviembre

Debido a que recientemente el Gobierno anunció que adelantaría el pago de la prima para los servidores públicos, muchos trabajadores del sector privado tienen dudas de cuándo les deben pagar a ellos este dinero.

Lo primero que debe tener en cuenta, es que la prima de Navidad es una prestación social, que consiste en el reconocimiento y pago a favor del trabajador de una suma de dinero equivale a un mes de salario en el mes de diciembre, esto se aplica tanto para sector público como privado.

La gran diferencia en este año son las fechas en que se debe hacer este pago. Por eso, tenga en cuenta los siguientes aspectos y fechas:

Si es servidor público

El Gobierno emitió un decreto en el que adelanta el pago de la prima de fin de año para empleados del sector público. El documento estipula que "las entidades públicas tendrían hasta el 30 de noviembre para realizar los pagos a los servidores”.  

La idea del Ejecutivo es que los servidores cuenten con su prima antes de la primera semana de diciembre con el objetivo de impulsar la reactivación económica e incentivar las ventas en la tercera jornada del Día sin IVA que se desarrollará el próximo tres de diciembre.   

Si es trabajador privado

En el caso de las empresas privadas, el adelanto de la prima será opcional y cada compañía decidirá si adelanta el pago a noviembre.

Le puede interesar: Entrega anticipada de la prima relaja las restricciones de liquidez en los hogares: Fedesarrollo

En caso de no hacer este adelanto, según lo estipulado en el artículo 32 del Decreto 1045 de 1978, la Prima de Navidad se pagará en la primera quincena del mes de diciembre, dando como plazo máximo para el pago el 20 de diciembre.

Tenga en cuenta estas fechas para que no se pasen del día de pago de su prima y pueda hacer las compras correspondientes.

Fuente:
Sistema Integrado Digital