Precios de insumos y medicamentos agrícolas serán controlados por el Gobierno

Para este fin, el Ministerio de Agricultura expidió el decreto 417, que busca evitar la especulación.
Insumos agropecuarios
Crédito: COLPRENSA

Con la expedición del decreto 417, el Gobierno Nacional decidió someter al régimen de libertad vigilada, los productos claves utilizados para la producción agropecuaria en el territorio nacional.

Según el decreto, expedido por el Ministerio de Agricultura,la medida cobija a fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios, productos biológicos de uso pecuario, y alimentos para animales.

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El decreto también determina hacer seguimiento a los precios en el mercado y evitar la especulación durante la emergencia sanitaria generada por el coronavirus.

“Por el régimen de libertad vigilada debe entenderse la medida por la cual los agentes vigilados pueden determinar libremente los precios de los insumos agropecuarios, bajo la obligación de informar de manera escrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre las variaciones y determinaciones de sus precios”, señala el decreto.

De la misma manera, la resolución señala que “cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural considere que el comportamiento de alguna de las variables del mercado de un insumo agropecuario en particular requiera intervención bajo el régimen de libertad regulada o el régimen de control de precios de que trata el artículo 60 de la Ley 81 de 1988, someterá al producto específico mediante acto administrativo”.

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Los productores e importadores deberán reportar la información totalizada a nivel nacional. “El resto de los eslabones de la cadena deberán reportar la información para cada uno de los municipios o ciudades en donde se encuentran ubicadas sus sucursales, almacenes o puntos de venta en el territorio nacional”, añade el decreto.

Es de mencionar que esta norma se aplica a todas las personas naturales y jurídicas que produzcan directamente o por contrato, formulen, importen, distribuyan, comercialicen, vendan o realicen actividades mercantiles en el territorio nacional de los insumos agropecuarios señalados.

Los comercializadores de este tipo de productos que no cumplan con la norma serán sujeto de sanciones según señala el decreto.


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