Ordenan a Aquarela devolver cuota inicial a comprador de apartamento

La juez ordenó declarar la nulidad absoluta de un contrato de promesa de compraventa hecho el 14 de septiembre de 2016.
Edificio Aquarela de Cartagena
Edificio 'Aquarela' de Cartagena. Crédito: RCN Radio

En la sentencia emitida por el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Cartagena, en cabeza de la juez Rocía Rodríguez Uribe, se ordenó declarar la nulidad absoluta del contrato de promesa de compraventa suscrito el 14 de septiembre 2016, celebrado entre el señor Jorge Pineda Guerra, en calidad de promitente comprador y la Promotora Calle 47 S.A.S, constructora de Aquarela, como promitente vendedor.

Una vez suspenden las obras en 2017, nosotros tratamos de buscar alternativas para lograr la devolución de la cuota inicial. Sin embargo, la respuesta de la constructora era evasiva, manifestando que debía esperarse que se culminara el proceso de la suspensión, la acción popular y hasta la misma acción penal que se surte en la Fiscalía”, explicó Daniel Monterroza, abogado defensor del comprador de uno de los apartamentos.

“Frente a eso, nosotros lo que hicimos fue hacer un estudio jurídico de la promesa de compraventa firmada por el señor Jorge Pineda. Lo que verificamos en el parágrafo del artículo noveno de la cláusula es que tal como estaba redactado pues se iba a estar en la indeterminación de no saber cuándo se iba a firmar la escritura de compraventa, y pues posteriormente la entrega del inmueble, entonces no se puede estar sujeto indefinidamente a un contrato de promesa”, manifestó.

Más información: Compradores de Aquarela hacen llamado a reconsiderar demolición

Es por eso que Pineda Guerra, a través de su abogado, radicó una demanda que demoró alrededor dos años por diferentes situaciones, “entonces hace unos días se celebró la audiencia pública y la juez afortunadamente accede a nuestras pretensiones, que fue declarar la nulidad absoluta del contra de promesa compraventa y como consecuencia de ello la devolución de los dineros pagados como cuota inicial”, dijo Monterroza.

Se condena a Promotora Calle 47 S.A.S y a Alianza Fiduciaria, como vocera de Fideicomiso Aquarela, al pago de $24.256.421 a favor del señor Jorge Pineda Guerra, la cual se encuentra debidamente indexada. El no pago de esta suma de dinero de los 10 días siguientes a esta sentencia, dará lugar al cobro de intereses de mora”, dice un aparte del fallo.

La especialidad y lo beneficioso de este proceso es que es de única instancia, es decir, que la decisión que tomó la juez no admite ningún recurso”, aclaró el abogado.

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Oficina Jurídica ejercerá defensa del Distrito ante posibles acciones judiciales por demolición de Aquarela

Cabe recordar que la Alcaldía de Cartagena ya dio luz verde para iniciar el proceso de demolición del polémico edificio Aquarela.

La acción que procede es la demolición de la edificación por parte de la Administración, como lo establece el artículo 194 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, ante el incumplimiento de la constructora de ejecutar la orden proferida por parte de la Inspección de Policía”, resalta la administración.

Desde la Oficina Jurídica se ejercerá la defensa del Distrito ante las posibles acciones judiciales que sobrevenga, una vez se ejecute la restitución del espacio público ocupado indebidamente por el proyecto habitacional Aquarela.

Desde la Oficina Jurídica de la Alcaldía se prevé atender cualquier reclamación que se presente en contra de la Administración Distrital, para ello nos hemos acompañado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica para el Estado, como de la misma Procuraduría, quienes en conversaciones que hemos sostenido en mesas de trabajo complementan el blindaje jurídico que respecto de la Administración pueda implicar una posible responsabilidad en acciones futuras que se presenten por parte de quienes consideren resultan afectados”, aseguró la Jefa de la Cartera Jurídica del Distrito, Myrna Martínez.

Juzgado de Cartagena ordena a Aquarela devolver cuota inicial a comprador de uno de los apartamentos
Crédito: Daniel Monterroza

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