Jalón de orejas de la Corte al Gobierno y Nueva EPS por trabas para la práctica de eutanasia

La Corte Constitucional calificó como inaceptable que el Gobierno ponga en evidencia las trabas para pacientes terminales que solicitan la práctica de la eutanasia para no prolongar su sufrimiento.
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El alto tribunal llamó la atención por los incumplimientos que se están presentando ante las solicitudes de los pacientes a este procedimiento, vulnerando abiertamente su derecho a morir dignamente, contemplado en la Constitución.

Para la Corte Constitucional, si bien la responsabilidad recae sobre las EPS al cumplimiento de las solicitudes de pacientes que tienen los requisitos para practicarse la eutanasia, en el caso del Ministerio de Salud “su labor no se limita a la expedición de normas sino además a la verificación de su efectivo acatamiento”.

El caso está relacionado con una paciente que padecía de cáncer terminal y quien pese a que solicitó junto con su familia el procedimiento pasó más de tres meses una respuesta por parte de la Nueva EPS para aplicar los protocolos que fueron establecidos por parte del Ministerio de Salud desde el año 2015.

En el hecho mencionado la Corte advirtió que “el trámite al que fue sometida prolongó su sufrimiento, contrarió su voluntad de morir dignamente y en las condiciones en que ella lo deseaba, acompañada de su familia y en su hogar, vulnerando de ese modo su derecho fundamental a la salud, a una vida en condiciones dignas y a morir dignamente”.

Ante la situación y la evidencia de fallas administrativas de varios sectores de la salud, la Corte Constitucional ordenó a la Superintendencia de Salud que en un plazo máximo de 4 meses verifique el cumplimiento de la regulación al derecho a morir dignamente.

“De tal forma que verifique que las EPS e IPS del país cuenten con la infraestructura y el personal idóneo para garantizar de manera efectiva la práctica del procedimiento de eutanasia. En el mismo término, la Superintendencia Nacional de salud deberá iniciar la ejecución de dichas medidas, señala la sentencia.

También le reiteró al Congreso su exhortación para que en 2 años regule el derecho fundamental a morir dignamente y así evitar las irregularidades que se están presentando para quienes solicitan la eutanasia.

En el caso en particular la Corte le ordenó a la Nueva EPS “realice un acto público de desagravio en el que ofrezca disculpas a la familia de la paciente por las trabas impuestas en la práctica del procedimiento de eutanasia que significaron la prolongación del sufrimiento físico y psicológico de esta y de su familia”.

Medellín, Colombia

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