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Invima autoriza uso de ventiladores en estado experimental en Colombia

Los pacientes y familiares deben ser informados de los riesgos y tendrán que asumir los costos de este procedimiento.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Junio 2, 2020 - 13:46
Ventiladores mecánicos desarrollados en Medellín.
Ventiladores mecánicos desarrollados en Medellín.
Cortesía: Universidad de Antioquia.

El Ministerio de Salud señaló, mediante una circular, que es posible utilizar particularmente ventiladores mecánicos que no tienen autorización todavía para su producción y comercialización en el país, bajo el propósito de salvarle la vida a una persona, en caso de una emergencia por la COVID-19.

De acuerdo con esa entidad, en el documento establece que si el médico en circunstancias excepcionales graves, ve que está en riesgo la vida del paciente y necesita de esos equipos biomédicos, los podría utilizar con el consentimiento del paciente y de la familia.

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“Las circunstancias excepcionales graves hacen referencia a aquellas en que se demuestre el riesgo latente para la vida y la salud del paciente y no haya otra opción en el momento de brindar la tecnología en salud. Se requiere del consentimiento informado del paciente o de sus familiares”, señala uno de los apartes de la circular.

El documento agrega que para adelantar el procedimiento se debe tener la aprobación de la familia y agrega que estas personas deben estar bien informadas de los riesgos que el uso de los equipos traería para el estado de salud del paciente, ya sea de forma positiva o negativa.

“Se debe resaltar que se trata de una tecnología experimental que no cuenta con autorización de la entidad competente. Los familiares tienen que conocer los riesgos para la vida y la salud que podría implicar el uso de la tecnología en estado experimental no aprobado”, resalta la circular.

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e la misma forma, el documento precisa que todos los gastos del procedimiento médico deben correr directamente por el paciente y la familia y no por la institución, ni tampoco por el sistema de salud.

“Estas tecnologías no pueden ser financiadas por los recursos del sistema General de Seguridad Social en Salud”, subraya la circular.

Igualmente, el médico solamente empleará medios diagnósticos o terapéuticos debidamente aceptados por las instituciones médicas legalmente reconocidas.

“Si se presenta una circunstancia excepcionalmente grave, el procedimiento experimental se ofrece como la única posibilidad de salvación. Este podrá utilizarse con la autorización del paciente o sus familiares responsables y si fuera posible por acuerdo en junta médica”, señala la circular.

Este es el documento:

Fuente:
Sistema Integrado de Información