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Corte pide definir reglas para juzgamiento de integrantes de etnias indígenas

Se solicitó al Gobierno que haga claridad sobre quien debe juzgar a indígenas que hayan cometido delitos.

Actualizado:
Miércoles, Octubre 26, 2016 - 15:52

La Corte Constitucional le pidió al Gobierno que haga efectiva la regulación referente a las privaciones de la libertad de miembros de comunidades indígenas en el país.


 


La petición, hecha directamente al presidente de la República y al ministro de Justicia, señala que se debe emitir un listado de las condiciones teniendo en cuenta que el tiempo para emitir un decreto referido a este tema ya expiró.


 


“La Sala reiterará la exhortación que la sentencia T-208 de 2015 le hizo al Presidente de la República, al Ministro de Justicia y del Derecho, y al presidente del Congreso de la República para que regularan lo relativo a la privación de la libertad de personas pertenecientes a comunidades indígenas. Lo anterior, porque había expirado el término de seis (6) meses otorgado por el artículo 96 de la Ley 1709 del 2014, concedido para que el Presidente dictara un decreto con fuerza de ley para tal fin”, señaló el alto tribunal.


 


La petición fue hecha debido a que actualmente es incierto quien debe ser el responsable de determinar la detención de un miembro de comunidades indígenas. Esto debido al caso de una mujer de la comunidad Surdé del resguardo Embera Chamí, quien fue sentenciada por la justicia ordinaria a pagar una condena por portar sustancias ilícitas.


 


Frente a este caso , la sentencia de la corte reza que, “(…) en el evento en el que un indígena  sea responsable de un delito, no cumpla con los presupuestos jurisprudenciales para acceder al fuero especial y haya sido condenado por la jurisdicción ordinaria, ésta podrá cumplir la condena en su resguardo indígena siempre que la máxima autoridad indígena así lo solicite y la comunidad cuente con instalaciones idóneas para garantizar la privación de la libertad en condiciones dignas y con vigilancia de su seguridad”, indicó la sentencia.

Fuente:
Sistema Integrado Digital