Corte no ha dado notificación para avalar eutanasia por enfermedades no terminales: Minsalud

La entidad se pronunció a propósito de la cancelación del procedimiento de Martha Sepúlveda.
Martha Sepúlveda
Martha Sepúlveda Crédito: Martha Sepúlveda

El Ministerio de Salud se pronunció mediante un comunicado sobre la cancelación del procedimiento de la eutanasia de Martha Liria Sepúlveda por parte del Instituto Colombiano del Dolor en Medellín. Según la entidad, hasta la fecha, en el país no se han realizado eutanasias que no cumplan los requisitos.

Pues, la práctica de la eutanasia solamente está regulada para otras situaciones, pero para este argumento, “en consecuencia, los casos en conocimiento del Ministerio de Salud y Protección Social, todos cumplen con tal característica. Sobre el caso de la señora Sepúlveda, no se conocen mayores detalles, puesto que el Ministerio hace revisión exhaustiva del caso una vez, ya se han realizado los procedimientos”, indicaron.

Sin embargo, sobre el fallo de la Corte Constitucional, Minsalud afirmó que aún no han sido notificados si se puede realizar o no este procedimiento en Colombia.

Por lo cuál, legalmente no es viable esta posibilidad, “en relación con el comunicado de prensa que da a conocer la sentencia C-233 de 2021, la Corte Constitucional aún no ha notificado el fallo a este ministerio, por lo tanto no se producen los efectos jurídicos derivados de la sentencia, dado que no es conocido el fallo en su integralidad”, enfatizó.

En contexto: Cancelan a última hora el procedimiento de eutanasia de Martha Sepúlveda

Cabe recordar que en las últimas horas la IPS canceló el proceso de eutanasia a Martha Liria Sepúlveda, quien estaba preparada para recibir este procedimiento el domingo, 10 de octubre, a las 7:00 de la mañana, y quien sería la primera persona sin una enfermedad terminal en obtener la eutanasia.

Cancelaron el procedimiento de eutanasia de una mujer en Medellín

El Instituto Colombiano del Dolor S.A.S, Incodol anunció el sábado que el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad “concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento” de eutanasia de Martha Sepúlveda.

Según la IPS, en una reunión “se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud” de la paciente. La decisión de cancelar la eutanasia se basa en la resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la mujer, “se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”.

Martha Sepúlveda Campo fue diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica, ELA y con el tiempo se agudizaron los dolores, el daño muscular y las dificultades para moverse. La mujer se iba a convertir en la primera paciente en Colombia que accedía a este derecho sin tener una enfermedad terminal.


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