Corte Constitucional aprueba el matrimonio igualitario en Colombia

La mayoría de la Sala Plena de la corporación se mostró a favor de otorgar concesiones sin restricciones a la comunidad LGBTI.
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Después de varias tutelas interpuestas por parejas homosexuales, en las que solicitaban les fuera concedido su derecho a la unión marital, casi un años después de radicadas estas acciones jurídicas, el Alto Tribunal decidió dar vía libre para que las parejas del mismo sexo puedan unirse en matrimonio y tengan idénticos derechos a las heterosexuales.

El magistrado ponente, Jorge Ignacio Pretelt, quien tuvo en sus manos el estudio de esta tutela desde julio del año pasado, siempre sostuvo que si bien las parejas homosexuales constituyen una familia, solamente las parejas heterosexuales podrían celebrar una unión con denominación de matrimonio.

A pesar de tener en contra a la mayoría de la Sala, la ponencia de Pretelt hasta último momento argumentó que: “las autoridades administrativas no pueden darle una nominación de esa naturaleza a tal unión civil, pues la legislación actual prevé el matrimonio como una institución integrada exclusivamente por un hombre y una mujer. Lo contrario, implicaría crear una situación de incertidumbre y falta de seguridad jurídica que podrá crear muy graves lagunas”.

Tras el fallo, los votos a favor fueron seis y tres en contra. Los magistrados que votaron apoyando la decisión fueron: María Victoria Calle, Jorge Iván Palacio, Gloria Ortiz, Alberto Rojas, y Alejandro Linares. En contra votaron, Jorge Ignacio Pretelt, Luis Guillermo Guerrero y Gabriel Mendoza.

Hay que recordar que en el 2011 un fallo establecido por la misma Corte permitió que las uniones homosexuales podían constituirse como una unión solemne, pero sin otorgarle el rótulo de matrimonio. A partir de ese momento, los notarios y jueces empezaron a celebrar uniones solemnes, pero sin saber cómo calificarlo, si como una unión solemne o como un matrimonio

Hoy, con esta decisión de la Corte Constitucional queda establecido que las uniones entre personas del mismo sexo que se celebren en juzgados y notarias, se le deberá dar el nombre de matrimonio.


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