Consejo de Estado ordena suspender el Te Deum provisionalmente

El argumento más contundente de la demanda se dirige a Colombia como un país de religión pluralista.
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La Sección Primera del Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de la ceremonia religiosa del Te Deum que se celebra tradicionalmente cada 20 de julio. Lo anterior como una medida cautelar.

La determinación fue adoptada tras la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Miguel Ángel Garcés, contra del Decreto 770 de 1982, que establece la ceremonia religiosa presidencial durante la celebración del 20 de julio, día de la independencia de Colombia.

El argumento más contundente de la demanda se dirige que a Colombia, como un país pluralista en cuestión religiosa, no se le puede imponer un determinado culto, pues esto viola la Constitución política

Según el demandante "el Te Deum es una celebración católica que tiene como finalidad dar gracias a Dios y este factor constituye una vulneración a los derechos que tienen los colombianos a profesar otro tipo de religiones".

La demanda, que fue estudiada por la magistrada María González, tuvo en cuenta el hecho de que nuestro país es un territorio laico y donde convergen diversas religiones.

La decisión se mantendrá en firme hasta que la sala plena del Consejo de Estado, analice de fondo la demanda interpuesta por el abogado Garcés y de esta manera obtenga la decisión y la reverse.


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