Caso Club El Nogal: JEP no dará amnistía a integrantes de las Farc

Según los magistrados de la Sala de Amnistía, estos hechos son crímenes de guerra y violaciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Así se veía el Club El Nogal poco después del atentado de febrero de 2003
Así se veía el Club El Nogal poco después del atentado de febrero de 2003 Crédito: Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró que no son amnistiables las conductas de dos integrantes de la extinta guerrilla de las Farc que pertenecían a la Columna Móvil Teófilo Forero y quienes participaron en el atentado al club El Nogal en Bogotá, en febrero del 2003.

Según los magistrados de la Sala de Amnistía o Indulto, estos hechos son crímenes de guerra y violaciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), pues el ataque no se dirigió contra un objetivo militar puntual, sino contra un club social y empresarial en el que se causó la muerte a personas que no eran objetivo militar y gozaban de protección especial DIH.

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En la discusión, la JEP consideró los principios de distinción y precaución en los que se indica que los actores del conflicto deben distinguir entre combatientes y civiles.

"Las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques solo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados", menciona el documento.

Para el tribunal, es claro que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil.

Los magistrados resaltaron que el atentado se cometió en una zona de Bogotá que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, como naturaleza, finalidad o utilización, contribuir eficazmente a la acción militar y no ofreció una ventaja militar definida.

"Así, es claro que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil", dice la JEP.

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El tribunal especial determinó que el caso del club El Nogal fue remitido a la competencia de la investigación que avanza en el macrocaso 10, sobre conductas no amnistiables durante el conflicto armado.


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