Cambió el Pico y Placa en Bucaramanga: restricción para el lunes 10 de febrero de 2025

El Pico y Placa en Bucaramanga aplica de lunes a viernes de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche.
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para el lunes 10 de febrero de 2025 Crédito: Dirección de Tránsito de Bucaramanga

Desde el 7 de enero, comenzó a regir un nuevo esquema de Pico y Placa en Bucaramanga para el año 2025, conforme a lo establecido en la Resolución 790 de 2024 de la Dirección de Tránsito de la ciudad. Esta normativa define cómo funcionará la medida durante el primer trimestre del año.

¿Qué esquema del Pico y Placa funcionaba anteriormente en Bucaramanga?

Durante el 2024, se implementó un modelo que cambiaba cada tres meses con una restricción que comprendía dos dígitos por cada uno de los días hábiles de la semana. La rotación más reciente, vigente entre octubre y diciembre, funcionó de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 5 y 6
  • Martes: placas terminadas en 7 y 8
  • Miércoles: placas terminadas en 9 y 0
  • Jueves: placas terminadas en 1 y 2
  • Viernes: placas terminadas en 3 y 4.

La restricción aplicaba de lunes a viernes entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m., y los sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. En cuanto a los taxis, el horario era de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.

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Cambios en el Pico y Placa en Bucaramanga para el año 2025

Con la resolución 790 de 2024, se mantienen los mismos horarios y la rotación trimestral. Para los primeros tres meses de 2025, el esquema queda establecido de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 9 y 0
  • Martes: placas terminadas en 1 y 2
  • Miércoles: placas terminadas en 3 y 4
  • Jueves: placas terminadas en 5 y 6
  • Viernes: placas terminadas en 7 y 8.

En cuanto a la restricción, el Pico y Placa en Bucaramanga para este sábado 10 de febrero de 2025 aplica para vehículos particulares con placas terminadas en 9 y 0 entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.

¿Qué vehículos están exentos del Pico y Placa en Bucaramanga?

Las autoridades de tránsito de Bucaramanga establecieron una lista de aquellos vehículos que están exentos de la medida; por lo tanto, podrán circular sin autorización especial. Estos son:

  • Vehículos destinados a servicios funerarios.
  • Vehículos utilizados por miembros del gabinete municipal y del departamento de Santander.
  • Vehículos eléctricos matriculados.
  • Vehículos de transporte público de pasajeros.
  • Vehículos de caravanas presidenciales, oficiales, de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, y recolectores de basura, debidamente identificados.
  • Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos y de mantenimiento de redes.
  • Vehículos propiedad de medios de comunicación.

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Quienes incumplan esta restricción, recibirán una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes. Además, el vehículo será inmovilizado, tal como establece el Código Nacional de Tránsito en Colombia.


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