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Cámara aprobó informe de conciliación del acto legislativo para la paz

Con 86 votos a favor y 16 en contra ,el acto legislativo para la paz quedó a una conciliación de ser ley.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Junio 9, 2016 - 14:10

El próximo martes el Senado será el encargado de dar la votación final a la conciliación del acto legislativo para la paz, tal y como fue aprobado en su último debate en la Cámara de Representantes en sus cinco artículos incluyendo la posibilidad de elevar los pactos en La Habana a acuerdo especial.


 


- Lo aprobado -


 


El primero de los artículos que fue aprobado es la creación del procedimiento legislativo especial para implementar los acuerdos. Las leyes y artículos serán de iniciativa del Gobierno Nacional, si tiene las mismas modificaciones serán con el aval de este último.


 


Además todas las iniciativas serán de autoría exclusiva del Gobierno. Si hay modificaciones deberán ser avaladas por él. Todos los proyectos y actos legislativos de este procedimiento tienen prelación sobre los demás, podrán tramitarse en extras y tendrán control único y automático de la Corte Constitucional una vez entren en vigencia.


 


Le fueron aprobadas con este acto legislativo facultades extraordinarias al Presidente de  la República las cuales deben  ser usadas dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia del acto legislativo para la paz y refrendado el acuerdo final. Con las facultades el presidente podrá expedir decretos que permitan la implementación del Acuerdo de Paz que surta de las negociaciones de La Habana.


 


Otro aspecto que contempla este acto legislativo tiene que ver con un plan plurianual de inversiones para la paz, que se tendrá que hacer durante los próximos 20 años, sin posibilidad de que esto sea modificable. El arítculo dice, “en los próximos 20 años el Gobierno Nacional incluirá en su respectivo Plan Nacional de Desarrollo un Plan Plurianual de Inversiones para la Paz donde se priorizarán las zonas y poblaciones más afectadas por el conflicto".


 


El artículo cuarto, fue aquel que generó controversias teniendo en cuenta que fue incluido en el debate en su séptima discusión, lo que generó muchos reparos, pese a esto quedó entonces establecido que lo acordado en La Habana será elevado a categoría de acuerdo especial, y será incluido una vez el mismo sea firmado y refrendado y se podrá hasta entonces incluir al bloque de constitucionalidad.


 


Y finalmente, el artículo quinto, el cual indica que las normas de este acto legislativo entrarán a regir únicamente cuando todo lo acordado sea refrendado popularmente.

Fuente:
Sistema Integrado Digital