Ante restricción de visa a periodistas extranjeros, Flip pide explicaciones a Cancillería

Desde el 2018 se vienen registrando dificultades para que estos periodistas puedan ingresar al país a cumplir con su trabajo.
Libertad de prensa
Crédito: AFP

La Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) radicó este martes un derecho de petición ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de Colombia, para que aclaren cuáles son los requisitos de visado se están exigiendo a los periodistas extranjeros que necesiten ingresan al país a ejercer su oficio.

El director de la Flip, Jonathan Bock, señaló en el documento que desde hace dos años se ha recibido denuncias de periodistas que tuvieron dificultades en los trámites de visado ante la Cancillería.

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“En el año 2018, la Fundación para la Libertad de Prensa hizo seguimiento a algunos casos de periodistas que manifestaron restricciones en los trámites de visado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Dichas restricciones, según lo reportado, estaban relacionadas con la exigencia de un título universitario en periodismo para acreditar la cualificación y experticia para ejercer el oficio”, señaló en los antecedentes del documento.

Aunque la Fundación para la Libertad de Prensa en su momento calificó este tipo de restricciones como una vulneración a los estándares interamericanos y nacionales de libertad de expresión y de prensa, por lo que señaló que al estar protegido en la Constitución el derecho a la libertad de expresión, no se requiere acreditación alguna.

“El análisis que se hizo en Colombia, en su momento, se basó en la Opinión Consultiva OC 5/85 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En dicha opinión la Corte reconoció que la colegiación obligatoria para periodistas es incompatible con los estándares interamericanos pues se presenta como una restricción al ejercicio del derecho a la libertad de expresión, tal como se dispone en el artículo 13 de la Convención Americana”, apartes del derecho de petición.

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También destacaron que la Corte Constitucional en la sentencia C-087 del año 1998, estableció que los derechos y deberes de los periodistas se derivan de la actividad que ejercen y no de una acreditación específica.

Cabe recordar que el 3 de septiembre de 2018, la Flip solicitó a la Cancillería que se aclarará los trámites que se estaban exigiendo para la renovación de la visa y que de acuerdo a lo que estableció la Corte Constitucional, “no es necesario contar con un título universitario en periodismo para demostrar la cualificación o experticia requerida para ejercer el derecho a informar y a opinar”.

En ese momento, el Gobierno aclaró que no se estaba exigiendo un título universitario en periodismo pero sí una carta de acreditación del medio en el que el reportero trabaja.

“Entre 2019, la FLIP tuvo conocimiento de al menos diez casos en los que los periodistas reseñaron dificultades en estos trámites de visado”.

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No obstante, hace poco generó polémica las denuncias de varios periodistas extranjeros que advirtieron que se les exigió el título universitario convalidado en el Ministerio de Educación Nacional.

“De acuerdo con ellos, el no tener la convalidación de este título profesional ha sido una de las razones por las cuales se han inadmitido las solicitudes de visas”.

Un cuestionario de once preguntas formuló el director ejecutivo de la Flip a la Cancillería sobre este tipo de dificultades.

“¿Existe en Colombia o ha existido un tipo de visa especial y/o exclusiva para periodistas? Explique su respuesta por favor. 2. ¿A qué tipo de visa(s) puede aplicar un periodista independiente? 3. ¿A qué tipo de visa(s) puede aplicar un periodista dependiente?”, algunas de las preguntas que hacen parte del derecho de petición.


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