Por comer empanada en Transmilenio, dos venezolanos fueron multados

Los hechos ocurrieron en la estación Ricaurte del sistema de transporte masivo.
A la luz del Código de Policía, ¿no es permitido el consumo de alimentos en el transporte público?
A la luz del Código de Policía, ¿no es permitido el consumo de alimentos en el transporte público? Crédito: Colprensa

Tras la polémica que se generó por la multa que las autoridades aplicaron a un joven por comprar una empanada en un puesto informal del sector de La Castellana, en Bogotá, RCN Radio/La FM pudo conocer el caso de dos ciudadanos venezolanos a quienes las autoridades multaron por "consumir alimentos" dentro de Transmilenio.

Los hechos ocurrieron hacia las 12:30 p.m. de este lunes 25 de febrero, en la estación de Ricaurte, ubicada en la troncal de la NQS.

Lea aquí: “No sabía que trabajar era un delito”, vendedora de la empanada “más cara de la historia”

Según cuenta José Torres, “pasábamos y un muchacho venezolano iba vendiendo empanadas y, pues, decidimos comprarle en solidaridad”.

Según relató el joven, en ese momento se acercaron varios uniformados de la Policía quienes los requisaron y procedieron a aplicarles la multa por más de 800 mil pesos.

“Nos trataron mal, que eso no era permitido y que la causa era peor para nosotros por andar comprando (...) increíble porque ahora no sabemos cómo vamos hacer para pagar esa multa”, agregó.

Multa impuesta a dos jóvenes venezolanos por comprar y consumir en Translimenio
Multa impuesta a dos jóvenes venezolanos por comprar y consumir en Translimenio.Crédito: RCN Radio

Sin embargo, otro de sus compañeros también fue multado por ingerir alimentos dentro del sistema.

“La verdad no se, porque a duras penas le podemos enviar plata a nuestros hijos. Cómo vamos hacer para pagar, de dónde vamos a sacar eso, si los tuviéramos se lo enviaríamos a nuestros hijos en Venezuela”, dijo Miguel Meza.

Más en: Contraloría de Bogotá embargará sueldo de la directora de Catastro

Según las autoridades, el numeral 6 del artículo 140 del Código de Policía se “establece que quien promueva el uso o ocupación indebida del espacio público, puede enfrentarse al pago de comparendos”.

“A mi menos mal no me pasó, yo ya la había terminado. En ese momento salí corriendo para que no me pasará nada pero a ellos si les aplicaron la multa (...) no estábamos haciendo nada más sino comer”, agregó otro de los venezolanos que se encontraban dentro de la estación.

El caso en La Castellana

Hace dos semanas se conoció el caso del joven Stiven Claros, quien denunció que un grupo de uniformados de la Policía Nacional le impuso una multa del Código de Policía, por comprar una empanada en un puesto informal del sector de La Castellana, en Bogotá.

Según su relato, en el momento en el que fue notificado de la multa por 800 mil pesos estaba con unos amigos degustando el alimento.

En ese momento, varios policías les pidieron los documentos de identificación y les impusieron un comparendo por “propiciar la ocupación indebida del espacio público”, según el parágrafo 10 del Artículo 92 del Código Nacional de Policía.

“Ellos nos vieron y no nos dijeron que no podíamos comer ahí, solo cuando hicieron la multa por ese valor”, dijo.

Agregó que “van tres personas más con esa misma multa (...) el argumento de la Policía es que la persona que vendió la empanada no había querido trasladarse del sector y, por ende, nosotros estábamos apoyando la venta en las calles”.

La ministra de Justicia, Gloria María Borrero, terció en la polémica y aseguró que el agente que aplicó la sanción malinterpretó el nuevo Código de Policía y se equivocó castigar al joven.

“La interpretación de que hizo la Policía del numeral 6 del artículo 140 del Código de Policía fue una interpretación equivocada. Yo creo que ese no es el sentido de la ley, el sentido del Código era ir contra las mafias del espacio público”, señaló la funcionaria


Temas relacionados

Corte Constitucional

Corte Constitucional cambió el funcionamiento de la medicina prepagada: decisión beneficia a pacientes en Colombia

La sentencia T-095 de 2026 estableció que las empresas de medicina prepagada deben aplicar criterios objetivos y no discriminatorios al evaluar nuevas afiliaciones.
Medicina prepagada Corte



"No hay un solo señalamiento por corrupción": alcalde de Cartago, Valle, tras anulación de su elección por el Consejo de Estado

El Consejo de Estado dejó en firme la nulidad de la elección del alcalde de Cartago, Juan David Piedrahíta, por doble militancia.

María José Pizarro: campaña de Iván Cepeda entregará pruebas sobre supuesto autoatentado de De la Espriella

Abelardo de la Espriella con la camiseta de la Selección Colombia

FLIP exige resultados: Estas son las alertas ignoradas antes del asesinato de Cristian Herrera

asesinato periodista cristian herrera cucuta sicario disparos amenazas libertad prensa violencia norte santander

Fiscalía no puede afirmar que caso Miguel Uribe sea un crimen de Estado

El excandidato presidencial fue atacado el 7 de junio de 2026.

🔴 EN VIVO | Noticiero La FM - 9 de junio 2026

Noticiero La FM - 9 de junio de 2026

Las seis de las 6 con Juan Lozano | lunes 9 de junio de 2026

Las seis de las 6 con Juan Lozano | martes 9 de junio de 2026.

Junior de Barranquilla campeón de la Liga Betplay

Nacional recibe a Junior por la vuelta de la final de la Liga Betplay.

“Las autoridades la encontrarán”: abogado sobre mujer buscada por Interpol en caso Jaime Esteban Moreno

Mujer buscada por homicidio de Jaime Esteban Moreno.

“Está cantado el racionamiento”: Exministro da como un hecho que habrá apagón por cuenta del fenómeno del Niño

¿Hay posibilidad de un apagón en Colombia?

Colombia venció a Jordania por fecha FIFA previo al mundial 2026

Los equipos estudiarán rivales gracias al enfrentamiento entre sí.

Segunda vuelta presidencial 2026: ¿Por qué el candidato que va ganando evita debatir?

abelardo cepeda polarizacion politica desarmar palabra elecciones colombia conferencia episcopal