La reforma laboral en Colombia, aprobada bajo la Ley 2466 de 2025, trajo importantes cambios para el mercado laboral colombiano.
Esta ley tiene como objetivo fortalecer la formalización laboral y ampliar las garantías para los trabajadores en Colombia. Entre las modificaciones más importantes están el adelanto del inicio de la jornada nocturna a las 7:00 p. m. (antes comenzaba a las 9:00 p. m.), la reducción de la jornada laboral máxima a 42 horas semanales, el incremento en la remuneración de las horas extras y el aumento progresivo del recargo dominical. Con estas medidas, los empleados formales del país podrían percibir mayores ingresos durante 2026.

Aumento de los recargos dominicales y festivos a partir de julio de 2026
A partir de julio de 2026, las empresas colombianas deberán ajustar del 80 % al 90 % el valor del recargo dominical y festivo, como parte del aumento gradual estipulado en la reforma laboral.
De esta forma, quienes trabajen un domingo o un festivo deberán recibir un recargo del 90 % sobre el valor de su jornada ordinaria.
Este aumento hace parte de un cronograma progresivo diseñado para aumentar los ingresos de quienes trabajan en días de descanso, sin afectar la contabilidad de las empresas. La ley establece tres etapas para el aumento de los recargos:
- Desde julio de 2025, el recargo dominical aumentó al 80 %.
- A partir de julio de 2026, el recargo subirá al 90 %.
- Desde julio de 2027, el recargo alcanzará el 100 %.
Frecuencia de trabajo domingos y festivos
Por otra parte, la reforma también establece diferencias según la frecuencia con la que una persona trabaje domingos y festivos: si una persona trabaja hasta dos domingos o festivos durante un mismo mes, la actividad se considera ocasional. Entonces, el trabajador podrá escoger entre recibir los recargos establecidos o acceder a un día de descanso compensatorio remunerado.
Para el caso de quienes trabajan de forma frecuente en estas jornadas de descanso (tres o más domingos y festivos al mes), la actividad será considerada como habitual y el trabajador no solo tendrá derecho al pago con los respectivos recargos, sino que también tendrá derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que debe ser otorgado por el empleador durante la semana siguiente a la jornada laborada.
Reconocimiento económico para quienes trabajan domingos y festivos
De acuerdo con el documento de la reforma laboral, aprobada por el Congreso de la República el 20 de junio de 2025 y sancionada por el presidente Gustavo Petro cinco días después, la intención de aumentar los recargos dominicales y festivos y otorgar un día compensatorio a quienes trabajen en estas jornadas con frecuencia es garantizar espacios de recuperación física y descanso para estos empleados.

El Ministerio de Trabajo ha explicado que la norma busca actualizar las condiciones laborales y ofrecer una compensación más justa a quienes desempeñen sus labores en horarios considerados como excepcionales.
Si un trabajador no ve reflejados los ajustes a partir de julio, puede recurrir a tres mecanismos: un reclamo interno con la empresa, una demanda ante el Ministerio de Trabajo o una denuncia administrativa ante un inspector de trabajo.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Cuándo aumentará el recargo dominical y festivo con la reforma laboral en Colombia?
Desde julio de 2026, el recargo por trabajo en domingos y festivos pasará del 80 % al 90 % sobre la jornada ordinaria.¿Cuál será el porcentaje del recargo dominical en 2027 según la reforma laboral?
El incremento será gradual hasta llegar al 100 % a partir de julio de 2027.¿Qué derechos tienen quienes trabajan domingos y festivos de forma ocasional?
Los trabajadores que laboren hasta dos domingos o festivos al mes podrán elegir entre recibir el recargo o un descanso compensatorio remunerado.¿Qué beneficios reciben quienes trabajan domingos y festivos de manera habitual?
Quienes trabajen tres o más domingos o festivos al mes tendrán derecho al pago de los recargos y a un día de descanso compensatorio remunerado.¿Qué puede hacer un trabajador si la empresa no aplica los ajustes de la reforma laboral?
Puede presentar un reclamo interno, acudir al Ministerio de Trabajo o interponer una denuncia ante un inspector laboral.