¿Lo pueden obligar a ir a reuniones o capacitaciones por fuera de su horario laboral?

Muchos trabajadores colombianos son obligados a ir a reuniones o capacitaciones por fuera de su horario, pero ¿esto es legal?
Jornada laboral en Latinoamérica
Jornada laboral en Latinoamérica Crédito: iStock

A muchos trabajadores les ha pasado que su jefe los cita a reuniones o capacitaciones que casualmente son fuera de su horario laboral, lo cual les quita tiempo de descanso o para sus actividades personales.

Pese a que es fuera del horario laboral, los trabajadores terminan yendo a estas reuniones porque les dicen que son obligatorias y terminan teniendo miedo a que los despidan o sanciones por no ir a pesar de que ya cumplieron su horario.

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Es por esa razón que una pregunta recurrente entre los trabajadores es si están obligados a asistir a actividades programadas por sus empleadores fuera de su horario laboral y si deben recibir un pago adicional por ello.

La Ley 50 de 1990 establece que las empresas con más de 50 empleados pueden destinar hasta dos horas a actividades recreativas o de capacitación como parte de la jornada laboral. En este sentido, se considera obligatorio asistir a estos eventos si se realizan durante el horario laboral de los empleados.

Sin embargo, si el empleador programa eventos fuera del horario laboral, el trabajador no está obligado a asistir, y su ausencia no puede ser causa de despido. En estos casos, se entiende que se estaría extendiendo la jornada laboral, lo que conllevaría al pago de horas extras y recargos, según lo establecido por el Código Sustantivo del Trabajo (CST).

La jornada ordinaria de trabajo se define como el tiempo máximo permitido para la ejecución de actividades laborales, según el artículo 161 del CST, que establece una duración máxima de 8 horas al día y 47 a la semana. Esta duración puede variar en actividades peligrosas o relacionadas con la salud.

El reglamento interno de trabajo puede especificar las condiciones en las que los empleadores pueden requerir la asistencia a eventos fuera del horario laboral. Sin embargo, la regla general es que las reuniones y capacitaciones deben programarse dentro del horario normal de trabajo para respetar la jornada laboral del trabajador.

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En conclusión, aunque los empleadores pueden programar eventos fuera del horario laboral, los trabajadores no están obligados a asistir, a menos que exista un acuerdo previo o se incluya expresamente en el reglamento interno de la empresa.


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