Gobierno regulará sedes transitorias de salud para enfrentar emergencias y crisis humanitarias

La medida busca suplir deficiencias temporales en la red hospitalaria y asegurar el derecho fundamental a la salud.
Minsalud Neiva 2024
El Ministerio de Salud busca garantizar atención oportuna en zonas afectadas por emergencias con sedes temporales y móviles. Crédito: Yamileth Díaz, RCN Radio

El Ministerio de Salud, a través de un borrador de una resolución, le apunta a garantizar la atención oportuna en salud en zonas afectadas por desastres, crisis humanitarias o dificultades de acceso.

El documento que se encuentra en su fase de comentarios reglamenta la creación y funcionamiento de sedes transitorias o itinerantes para la prestación de servicios de salud en situaciones excepcionales.

La medida busca suplir deficiencias temporales en la red hospitalaria y asegurar el derecho fundamental a la salud, tal como lo establece la Constitución y la Ley Estatutaria 1751 de 2015.

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Estas sedes estarán destinadas a operar en condiciones como desastres naturales, pandemias, conflictos armados, desplazamientos masivos o fallas estructurales en las instituciones de salud.

Según el documento se trata de instalaciones temporales, fijas o móviles (incluso fluviales), dotadas de infraestructura, tecnología biomédica y talento humano calificado, diseñadas para prestar atención médica ambulatoria u hospitalaria en zonas urbanas, rurales o de difícil acceso. Estas sedes podrán ser carpas técnicas, contenedores o unidades móviles terrestres y fluviales con capacidad de ser desmontadas y adaptadas al entorno.

Para ser habilitadas, las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) —públicas, privadas o mixtas— deberán estar inscritas en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (Resps) y contar con la autorización de la Superintendencia Nacional de Salud. La autorización tendrá una vigencia de hasta 12 meses, prorrogables según persistan las condiciones de emergencia.

Estas sedes deberán cumplir con estándares mínimos de infraestructura, seguridad, dotación médica, equipos biomédicos y talento humano, según lo estipulado en el anexo técnico de la resolución.

“Por ejemplo, deberán contar con consultorios, zonas de urgencias, observación y hospitalización, quirófanos (si aplica), farmacia y sistemas de esterilización, entre otros”, dice.

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Asimismo, se exige la presencia mínima de personal por turno: al menos un médico general, una enfermera jefe, dos auxiliares de enfermería y, si hay procedimientos quirúrgicos, un cirujano, un anestesiólogo y un instrumentador quirúrgico.

La Superintendencia Nacional de Salud será la entidad encargada de la inspección, vigilancia y control de estas sedes.

Además, las IPS autorizadas asumirán plena responsabilidad por la calidad y seguridad de los servicios prestados, con obligación de reportar indicadores de calidad, satisfacción del usuario, y cumplimiento de protocolos asistenciales.

Al finalizar la situación de emergencia, según el Ministerio de Salud en el documento establece que las sedes deberán desinstalarse bajo criterios estrictos de seguridad, incluyendo el traslado de pacientes, desinfección del área, disposición de residuos y la entrega de un informe final al Ministerio.

La iniciativa según el Ministerio de Salud es vista como una estrategia clave para enfrentar desafíos actuales como el cambio climático, que incrementa la frecuencia de desastres naturales, y la persistente desigualdad en el acceso a la salud en zonas apartadas del país.

También representa una respuesta institucional a situaciones como la pandemia de Covid-19, que evidenció la necesidad de contar con mecanismos de atención flexibles y adaptables.


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