Gobierno modificó el Decreto de Emergencia Económica: Incluyó a Caquetá y Santander y excluyó al Putumayo

Con la inclusión de Caquetá y Santander serían 16 los departamentos en los que se declara la emergencia.
A casi tres semanas del terremoto de 7,4 en Chocó, las autoridades reportan afectaciones a 213.400 familias en casi cinco centenares de municipios.
A casi tres semanas del terremoto de 7,4 en Chocó, las autoridades reportan afectaciones a 213.400 familias en casi cinco centenares de municipios. Crédito: Colprensa

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1348 del 31 de agosto de 2026, mediante el cual modifica el ámbito territorial del Decreto Legislativo 1261 del 19 de agosto de 2026, normatividad con la que se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica para atender la calamidad pública ocasionada por el terremoto registrado el pasado 10 de agosto.

Con esta nueva norma, firmada por el presidente Abelardo De La Espriella y todos sus ministros, se incluye formalmente a los departamentos de Caquetá y Santander dentro de la cobertura de la emergencia y se excluye al departamento del Putumayo.

La decisión se basó en los ajustes de evaluación técnica elaborados por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Según lo expuesto en el documento, el reporte situacional No. 47 de la sala de crisis de la UNGRD constató que en el departamento del Putumayo “sus afectaciones no se derivan del sismo a que hace referencia el presente decreto, razón por la cual fue removido de los reportes”.

Por el contrario, los análisis de campo ratificaron la necesidad de integrar a Caquetá y Santander para garantizar la asistencia gubernamental.

Los motivos de la modificación territorial

El Decreto 1348 explica que la delimitación inicial realizada el 19 de agosto se basó en cifras preliminares (Reporte No. 36), condicionadas por las complejas condiciones geográficas del país, tales como “relieve montañoso, dispersión rural, corredores viales cerrados por deslizamientos y pérdida de conectividad en varias zonas”.

El Ejecutivo argumentó que no haber incluido oportunamente a Santander y Caquetá “repercutiría negativamente sobre sus habitantes, toda vez de que su no inclusión dentro del ámbito territorial de la emergencia violaría de manera ostensible el derecho a la igualdad”.

Para respaldar jurídicamente la corrección de la norma sin vulnerar la Carta Política, el documento citó la Sentencia C-220 de 1999 de la Corte Constitucional, la cual señala: “Si la crisis no ha sido delimitada con el rigor necesario, ya sea por causa de un error involuntario o porque sólo con posterioridad se tuvo exacto conocimiento del alcance de la misma (…) sería improcedente negar al Gobierno la posibilidad de corregir la declaración original.”, se lee.

Balance actualizado de las afectaciones del sismo

El ajuste de la emergencia se sustenta en las cifras presentadas en el Reporte Situacional No. 54 de la UNGRD (con corte a las 06:30 del 28 de agosto de 2026), el cual confirma la magnitud de la tragedia en 16 departamentos y 496 municipios con afectación directa.

El reporte consolidado registra 331 personas fallecidas, 4.449 heridas y 152 desaparecidas. En cuanto a infraestructura, el sismo deja un saldo de 33.395 viviendas destruidas y 187.852 averiadas, así como 655 edificios colapsados y 6.383 averiados.

De igual forma, se reportan afectaciones en 3.925 centros educativos, 4.366 centros comunitarios, 388 centros de salud, 9 puentes peatonales, 77 puentes vehiculares, 472 vías, 125 acueductos, 5 aeropuertos y 12 entidades bancarias. En total, las autoridades contabilizan 196.614 familias y 406.963 personas damnificadas.

Con la promulgación del Decreto 1348, el ámbito territorial de la emergencia queda formalmente constituido por los departamentos de Antioquia, Bolívar, Caldas, Caquetá, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca, garantizando la destinación de recursos e intervenciones legales para afrontar la calamidad.


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