Bavaria, señalado de "pactos desleales de exclusividad" para venta de cerveza

Se ordenó a la compañía abstenerse de suscribir contratos de suministro que incluyan cláusulas de exclusividad.
Cerveza
Crédito: Ingimage

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a través de su delegatura para Asuntos Jurisdiccionales señaló a la compañía que Bavaria & Cia S., de incurrir en el acto de competencia desleal denominado "pactos desleales de exclusividad".

El organismo de control ordenó a la compañía abstenerse de suscribir, a futuro, contratos de suministro que incluyan cláusulas de exclusividad para la venta de cerveza. Lo anterior, sin perjuicio de que Bavaria & Cia S.C.A. puede conservar las exclusividades que tenga pactadas a la fecha de notificación de la providencia.

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Cabe recordar que el demandante fue la Central Cervecera de Colombia, pues afirmó que “Bavaria, a partir de la integración entre AB Inbev y Sabmiller PLC, con su posición dominante en el mercado ha generado con cláusulas de exclusividad, una obstrucción en la comercialización de cerveza en el canal on premise, especialmente en los establecimientos de mayor reconocimiento y volumen de compra en cada uno de los principales municipios del país.

Precisó que la forma en que se lleva a cabo la obstrucción o restricción en el acceso al mercado, se ejecuta mediante la celebración de contratos de patrocinio con los propietarios de dichos establecimientos.

Señaló que quienes suscriban los contratos de patrocinio adquieren la obligación de realizar publicidad exclusiva de las marcas de Bavaria y de vender de manera exclusiva sus cervezas, con lo cual se restringe el acceso de CCC al mercado, los cuales a 31 de diciembre de 2017 ascendían a 13.535.

Según la CCC, los contratos de patrocinio que suscribe Bavaria con los propietarios de los establecimientos restringen su acceso al mercado, pues crean una barrera de entrada en el mercado de la comercialización de cerveza por la obstrucción del canal on premise, ya que la posibilidad de acceso a los establecimientos con contratos de patrocinio resulta menoscabada como consecuencia de la conducta de Bavaria.

De acuerdo con la SIC, los intereses económicos de la Central podrían verse afectados en caso de demostrarse la comisión de los comportamientos atribuidos a Bavaria, pues habría visto restringido su acceso al mercado y con ello, frustrada su posibilidad de generar los ingresos necesarios para mantenerse.

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Otro punto que es relevante en la resolución expedida por la Superintendencia de Industria es que “en la contestación de la demanda se exponen diversas razones por las cuales, en este caso se configura la prescripción, aunque todos los supuestos fueron alegados bajo la modalidad de prescripción de dos años”.

Según dijo, “esta no es la primera vez que se cuestionan los contratos de patrocinio de Bavaria, ya que en el año 2007 Heineken International presentó una denuncia ante la SIC por dicho tema, lo que terminó en una investigación administrativa cuyo resultado fue el archivo de la investigación por no haberse demostrado que los contratos hubieran impedido el acceso de Heineken al mercado”.

La SIC indicó que “el fundamento de la acusación no es el mero hecho de haberse suscrito exclusividades por parte de Bavaria, sino la posible restricción en el mercado generada por dichas clausulas a partir del año 2017, debido al incremento desmesurado que se produjo en dicho año”.

Finalmente, esa entidad también condenó en costas procesales a Bavaria & Cia S.C.A., y por concepto de agencias en derecho se fija el equivalente a ocho salarios mínimos legales, los cuales deberá pagar a favor de la Central Cervecera de Colombia.



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