Donald Trump actualiza las reglas para que los colombianos soliciten la visa si están en el exterior

En esta guía se aclaran los procesos de solicitud y en qué casos pueden hacerse excepciones.
Las excepciones serán limitadas y estarán relacionadas principalmente con situaciones humanitarias, médicas o con asuntos de política exterior.
Las excepciones serán limitadas y estarán relacionadas principalmente con situaciones humanitarias, médicas o con asuntos de política exterior. Crédito: AFP / Diseñado por Magnific + www.magnific.com

El Departamento de Estado de Estados Unidos actualizó la información sobre el proceso de solicitud de visas y recordó a los viajeros que los trámites deberán realizarse, como regla general, en el país de nacionalidad o residencia del solicitante. La medida es para las visas de inmigrante como para las de no inmigrante, aunque para los colombianos depende del tipo de permiso que busquen.

La actualización se publicó el pasado 15 de julio en la página oficial del Departamento de Estado. Sin embargo, no es una medida del todo nueva, ya que esto se había anunciado desde septiembre de 2025. Lo que hizo ahora el Gobierno estadounidense fue ampliar la guía, aclarar algunos puntos y establecer nuevas instrucciones para los procesos de visas de inmigrante.

Allí se define con mayor precisión dónde deben realizarse las entrevistas consulares y qué condiciones deben cumplir quienes quieran adelantar el trámite en un país diferente al suyo. La regla general establecida por Estados Unidos es que cada persona debe acudir a la embajada o consulado correspondiente a su nacionalidad o residencia legal.

¿Qué cambia para las visas de turismo, estudios y trabajo?

En el caso de las visas de no inmigrante, que son las que más solicitan los colombianos, el Departamento de Estado dejó claro que sigue indicación de que los interesados deben programar sus entrevistas en la sede consular de Estados Unidos ubicada en su país de origen o en el lugar donde tienen residencia legal.

La principal novedad de esta actualización está relacionada con las visas de inmigrante, es decir, aquellas que hacen parte de procesos que pueden permitir la obtención de la residencia permanente en Estados Unidos, conocida como Green Card.
La principal novedad de esta actualización está relacionada con las visas de inmigrante, es decir, aquellas que hacen parte de procesos que pueden permitir la obtención de la residencia permanente en Estados Unidos, conocida como Green Card.Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

Estas categorías incluyen, entre otras:

  • Visa de turismo y negocios B1/B2.
  • Visa de estudiante F-1.
  • Visa de intercambio J-1.
  • Visas relacionadas con trabajos temporales.

De acuerdo con la nueva información, las personas que viven en países donde Estados Unidos no tiene servicios habituales de visas deberán acudir al consulado que haya sido asignado para atender esos casos. La excepción aplica para quienes tengan residencia legal en otro territorio y puedan realizar el proceso allí.

Para los colombianos, esta modificación no es un cambio en la práctica, debido a que la Embajada de Estados Unidos en Bogotá continúa ofreciendo los servicios consulares para las solicitudes de visas de no inmigrante.

Además, la sede diplomática en Bogotá también funciona como punto de procesamiento para ciudadanos de otros países y territorios donde Washington no presta atención consular rutinaria para estos trámites. Entre ellos están Venezuela, Aruba y Bonaire, según la información entregada por el Departamento de Estado.

Las autoridades estadounidenses también hicieron una advertencia para quienes decidan solicitar una visa en un país diferente al de su nacionalidad o residencia. Según explicaron, estas personas podrían tener mayores dificultades para demostrar que cumplen con los requisitos necesarios para obtener la aprobación.

El Departamento de Estado señaló que los tiempos de espera en terceros países suelen ser más largos que los disponibles en el lugar donde reside el solicitante. Además, recordó que el dinero pagado por la solicitud de visa no puede ser reembolsado ni trasladado a otro consulado.

La actualización se publicó el pasado 15 de julio en la página oficial del Departamento de Estado.
La actualización se publicó el pasado 15 de julio en la página oficial del Departamento de Estado. Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

Frente a las citas que ya están programadas, Estados Unidos indicó que normalmente no serán canceladas. No obstante, aclaró que algunos consulados podrían aplicar excepciones dependiendo de sus propias condiciones operativas.

Cambios en las visas de inmigrante: ¿Qué establece la nueva guía?

La principal novedad de esta actualización está relacionada con las visas de inmigrante, es decir, aquellas que hacen parte de procesos que pueden permitir la obtención de la residencia permanente en Estados Unidos, conocida como Green Card.

Según el Departamento de Estado, quienes adelanten estos procesos deberán realizar la entrevista en el distrito consular que corresponda al lugar donde viven. También podrán solicitar que el trámite se haga en el país del que son ciudadanos, aunque estas solicitudes estarán sujetas a ciertas condiciones.

Las excepciones serán limitadas y estarán relacionadas principalmente con situaciones humanitarias, médicas o con asuntos de política exterior. La intención es que los procesos sean gestionados por las sedes consulares que tienen relación directa con el lugar donde vive el solicitante.

Otro cambio importante es el papel que tendrá el Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés). Esta entidad será la encargada de recibir y gestionar las solicitudes para trasladar un expediente a otro consulado después de que la entrevista haya sido asignada.

Con esta modificación, los solicitantes ya no tendrán que comunicarse directamente con las oficinas consulares para pedir un cambio de sede, sino que deberán realizar la solicitud mediante el NVC.

En algunos casos, el Centro Nacional de Visas podrá solicitar documentos adicionales para verificar que la persona realmente reside en el país donde quiere hacer el trámite o que cumple con alguna de las excepciones establecidas por Estados Unidos.

¿Cómo afecta esta actualización a los colombianos?

Para los ciudadanos colombianos, el impacto de estas nuevas instrucciones es diferente según el tipo de visa. En el caso de las visas de no inmigrante, como turismo, negocios, estudios o intercambio, el trámite continúa realizándose normalmente a través de la Embajada de Estados Unidos en Bogotá.

La situación cambia para las visas de inmigrante, debido a que desde comienzos de 2026 permanece suspendida la emisión de este tipo de visas para ciudadanos colombianos. Por esa razón, las nuevas reglas tienen un efecto limitado para quienes buscan actualmente este tipo de permiso desde Colombia.

La actualización busca evitar que los solicitantes adelanten procesos en países donde no tienen relación de residencia o nacionalidad, y establece que la vía habitual será acudir al consulado que corresponda según su situación migratoria.

El Departamento de Estado reiteró que quienes tengan previsto solicitar una visa deben revisar las condiciones específicas de su caso antes de elegir la sede donde realizarán la entrevista, especialmente si consideran hacerlo en un país diferente al suyo.

¿Los colombianos deben cambiar la forma de solicitar la visa estadounidense?

No. Para quienes solicitan visas de turismo, negocios, estudios o intercambio, el proceso continúa igual en la Embajada de Estados Unidos en Bogotá. La actualización no modifica los trámites habituales para los colombianos que realizan la solicitud desde el país.

¿Qué pasa si una persona pide la visa en otro país?

Las autoridades estadounidenses explicaron que hacerlo podría generar mayores dificultades durante el proceso, ya que el solicitante tendría que demostrar que cumple los requisitos. Además, las entrevistas en terceros países pueden tener tiempos de espera más largos y los pagos realizados no se pueden trasladar ni recuperar.

¿Cuál es el principal cambio para las visas de inmigrante?

La modificación principal está relacionada con el lugar donde se realizan las entrevistas. Ahora, los solicitantes deberán acudir al consulado correspondiente a su residencia o nacionalidad, y cualquier solicitud para cambiar la sede deberá ser gestionada ante el Centro Nacional de Visas (NVC).


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