Lista resolución con la que venezolanos podrán ingresar al sistema de salud colombiano

Mediante la resolución 3015, el Ministerio de Salud determinó incluir el Permiso Especial de Permanencia (PEP) como documento válido de identificación del sistema de protección social en Colombia.
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AFP

Sin embargo, el Ministerio de Salud aclara que "la vinculación al sistema general social en salud se sujeta al marco legal vigente de cada régimen". El PEP se admite como documento de identificación, para la afiliación, siempre que vaya acompañando del pasaporte.

En este sentido y para adelantar el proceso, las entidades responsables del manejo de las bases de datos dentro del sistema de protección social incluirán el tipo de documento, Permiso Especial de Permanencia (PEP) en los respectivos sistemas de información.

Por tanto, MinSalud remitirá a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en salud (ADRES) la información que suministran la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, respecto de esta población, "con el fin de que aquella aplique las validaciones y novedades en las bases de datos conforme con la vigencia del Permiso Especial de Permanencia de acuerdo con los lineamientos que para ello se expidan".

De acuerdo con el gobierno, los migrantes venezolanos que no posean el PEP y que permanezcan en Colombia de manera irregular, solamente tendrán derecho a la atención de urgencias. No obstante, el Ministerio ha dado instrucciones para que la atención de las mujeres y niños en condiciones de vulnerabilidad, se atiendan completamente.

Por último, señala el Ministerio, este es un instrumento extraordinario para aliviar la situación de las personas venezolanas que llegaron a Colombia legalmente, y que se quedaron de manera irregular, es decir, superaron los 90 días de estancia en Colombia.

De acuerdo con Julio Sáenz, asesor del despacho del viceministro de Salud, con el PEP ya cuentan más de 230 mil personas. Los ciudadanos pueden acceder al sistema por tres vías.

La primera es como cotizante al régimen contributivo. "Lo pueden hacer en calidad de dependientes, lo que quiere decir que son empleados en una entidad e igual que los colombianos; la mayor parte del aporte lo hace el empleador y el trabajador hace su aporte correspondiente", indicó Sáenz.

La segunda posibilidad es hacerlo como trabajador independiente. "En cuyo caso igual que un colombiano podrá hacer los aportes en su totalidad al sistema General de Seguridad Social en salud y puede acceder al régimen subsidiado así como al Plan de Beneficios sin ninguna limitación", agregó el funcionario.

Y la tercera opción es para la población que no tiene capacidad de pago y que está amparada por el Permiso Especial de Permanencia (PEP) que "puede solicitar la aplicación de la encuesta Sisbén, igual que los colombianos y para eso ya se han hecho las modificaciones necesarias, si obtienen el puntaje que los ubique en nivel uno, dos o tres ingresarán al Sisbén".

A continuación, la resolución de MinSalud:


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