Declaración de renta 2026: las cédulas que deben declarar del 7 al 11 de septiembre

Es importante tener en cuenta las fechas para evitar sanciones y multas de la DIAN.
Las cédulas que deben declarar entre la semana del 7 al 11 de septiembre.
Las cédulas que deben declarar entre la semana del 7 al 11 de septiembre. Crédito: DIAN y Colprensa

La declaración de renta 2026 avanza en Colombia con el calendario establecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para las personas naturales obligadas a declarar el impuesto correspondiente al año gravable 2025.

Los contribuyentes deben estar atentos a los últimos dos dígitos de su NIT, que en el caso de las personas naturales corresponden a los últimos dígitos de la cédula. La fecha asignada es el plazo máximo para cumplir con la obligación tributaria.

Estas son las cédulas que deben declarar del 7 al 11 de septiembre

De acuerdo con el calendario tributario de la DIAN, durante esta semana los vencimientos están distribuidos de la siguiente manera:

  • 7 de septiembre: cédulas terminadas en 35 y 36.
  • 8 de septiembre: cédulas terminadas en 37 y 38.
  • 9 de septiembre: cédulas terminadas en 39 y 40.
  • 10 de septiembre: cédulas terminadas en 41 y 42.
  • 11 de septiembre: cédulas terminadas en 43 y 44.

Es importante recordar que la fecha corresponde al plazo máximo para presentar la declaración. Por esta razón, la DIAN recomienda realizar el trámite con anticipación y evitar congestiones o inconvenientes técnicos en sus servicios digitales.

¿Quiénes deben presentar la declaración de renta?

La obligación de declarar no depende únicamente del número de identificación. La DIAN establece una serie de condiciones que determinan si una persona natural debe presentar declaración de renta.

Para el año gravable 2025, entre los criterios se encuentran haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, contar con un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT al 31 de diciembre de 2025, o superar el límite establecido en consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos, o consignaciones bancarias, depósitos e inversiones financieras.

También deben revisar su obligación quienes hayan tenido la calidad de responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del año gravable.

La UVT de 2025, fijada por la DIAN, fue de $49.799, valor que sirve como referencia para determinar varios de estos topes.

¿Cómo hacer la declaración de renta?

La declaración puede realizarse a través de los servicios digitales habilitados por la DIAN. La entidad también dispone de información que puede facilitar el proceso a los contribuyentes, entre ella la denominada declaración sugerida.

Sin embargo, la información que aparece precargada debe ser revisada cuidadosamente. El contribuyente tiene la responsabilidad de verificar los datos, corregir aquellos que no correspondan y completar la información que haga falta antes de presentar la declaración.

Por eso, antes de iniciar el trámite es recomendable tener disponibles documentos relacionados con ingresos, patrimonio, cuentas bancarias, bienes, deudas, compras y demás información necesaria para establecer correctamente la situación tributaria.

Consejos de la DIAN para declarar renta

La DIAN recomienda preparar el proceso con anticipación y verificar que la información registrada en el RUT esté actualizada, especialmente el correo electrónico.

Entre las recomendaciones técnicas de la entidad también está limpiar la caché y las cookies del navegador y mantener una sola sesión activa cuando se utilicen los servicios digitales.

La DIAN aconseja además consultar y descargar previamente la información exógena y revisar el reporte de compras realizadas con factura electrónica. Estos datos pueden servir como apoyo para elaborar la declaración, pero deben ser contrastados con los documentos y registros del contribuyente.

Finalmente, la entidad recomienda revisar cuidadosamente toda la información antes de presentar la declaración. Quienes tengan vencimiento entre el 7 y el 11 de septiembre de 2026 deben verificar su fecha correspondiente y cumplir oportunamente con la obligación para evitar posibles sanciones por presentación extemporánea.


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