Si la empresa no cumplió con este requisito, los trabajadores pueden recibir dinero extra

Tratarlo de otra manera puede derivar en sanciones económicas, demandas laborales y costos mayores que cumplir la norma desde el inicio.
Empleo en Colombia
Empleo en Colombia Crédito: Freepik

En muchas empresas del país aún está la idea equivocada que puede terminar saliendo muy cara y es creer que el periodo de prueba es una especie de “tiempo de gracia” en el que no aplican todas las obligaciones laborales. Aunque para algunos empleadores esta etapa es solo una evaluación inicial del trabajador, la ley de Colombia es clara. Desde el primer día, el vínculo laboral existe y genera derechos y deberes completos para ambas partes.

El Ministerio del Trabajo y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia han reiterado en varias ocasiones que el periodo de prueba no es un precontrato ni una fase informal, sino una parte integral del contrato de trabajo. Tratarlo de otra manera puede derivar en sanciones económicas, demandas laborales y costos mayores que cumplir la norma desde el inicio.

Un error frecuente que se repite en muchas empresas

Uno de los abusos más comunes durante el periodo de prueba es el pago incompleto del salario. Bajo la excusa de que el trabajador “todavía se está adaptando” o “está aprendiendo”, algunos empleadores pagan menos de lo pactado o incluso por debajo del salario mínimo legal vigente. Sin embargo, la ley es contundente, el trabajador en periodo de prueba tiene derecho al 100 % de su salario, tal como fue acordado en el contrato.

Lo mismo ocurre con las prestaciones sociales. Desde el primer día se deben causar las cesantías, los intereses a las cesantías, la prima de servicios y las vacaciones. No existe ninguna excepción legal que permita suspender o reducir estos pagos durante la etapa de prueba.

Cuando un empleado detecta que su salario fue reducido sin autorización, la ley ofrece varias alternativas.
Cuando un empleado detecta que su salario fue reducido sin autorización, la ley ofrece varias alternativas.Crédito: Freepik

A esto se suma una obligación clave y es la afiliación al sistema de seguridad social integral. Salud, pensión y riesgos laborales (ARL) deben estar activos desde el inicio de la relación laboral. La omisión de alguno de estos componentes no solo deja desprotegido al trabajador, sino que puede ser interpretada como una conducta de mala fe por parte del empleador.

Las consecuencias legales de incumplir durante el periodo de prueba

Cuando una empresa decide terminar el contrato argumentando que el trabajador no superó el periodo de prueba, pero se demuestra que no cumplió con sus obligaciones legales, el escenario cambia por completo. En estos casos, los jueces laborales pueden considerar que el periodo de prueba no fue válido, lo que convierte la terminación del contrato en un despido injustificado.

Esto abre la puerta a varias sanciones legales, entre ellas:

  • Indemnización por despido sin justa causa, al perder validez el periodo de prueba.
  • Sanción moratoria, establecida en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, que obliga a pagar un día de salario por cada día de retraso en el pago de salarios y prestaciones.
  • Indemnización por falta de aportes a seguridad social, debido a la desprotección en salud, pensión o riesgos laborales.

Estas sanciones pueden acumularse de manera rápida y representar sumas elevadas, muy superiores a lo que habría costado cumplir correctamente con la ley desde el comienzo.

Derechos de los trabajadores
Derechos de los trabajadoresCrédito: Freepik

¿Qué pasa si el empleador no paga las cesantías?

Por otro lado, otro tema muy importante de conversación es las cesantías, las cuales son una prestación social obligatoria y que se ahorran desde el primer día de trabajo, incluso durante el periodo de prueba. La ley establece que deben consignarse en el fondo correspondiente, a más tardar, el 14 de febrero del año siguiente. Si el empleador no cumple con esta obligación, enfrenta consecuencias legales claras.

El trabajador puede reclamar judicialmente el pago total de las cesantías adeudadas, junto con los intereses del 12 % anual. Además, si al finalizar el contrato no se cancelan estas sumas, puede aplicarse la sanción moratoria, que continúa generándose día tras día hasta que se realice el pago completo.

La Corte Suprema de Justicia ha señalado que no consignar las cesantías no es un simple descuido administrativo, sino una vulneración directa de los derechos del trabajador.


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