Procuraduría sí puede suspender a funcionarios de elección popular

La CIDH dijo que no se puede destituir a funcionarios de elección popular.
Fachada de la Procuraduría
Procuraduría Crédito: Colprensa

Hay mucha controversia con la decisión de la procuradora de suspender de su cargo a los alcaldes de Medellín e Ibagué. La discusión es ¿Puede suspender la procuradora a pesar de la sentencia de la CIDH?

Los Secretos de Darcy en La FM reveló que la CIDH dijo que no se puede destituir a funcionarios de elección popular y esto lo dijo a raíz del caso de Petro, pero la verdad es que la Procuraduría no podía quedarse sin ningún instrumentos para disciplinar a los funcionarios de elección popular y no lo dijo la actual procuradora Margarita Cabello, ni el anterior Fernando Carrillo, lo dijo el antecesor Edgardo Maya.

"Yo considero que ese aspecto que trae la Ley 2094 de 2021 tiene todas las garantías, hay tres salas disciplinarias (...) que la Corte Interamericana de Derechos Humanos es una instancia judicial que se ocupa de juzgar la responsabilidad del Estado en caso concreto y sus sentencias se deben cumplir, pero no alcanzan para que interfieran y puedan ordenar adoptar decisiones que están consideradas autónomas, independientes de los estados miembros que define su propia estructura de acuerdo con su respectiva Constitución...".

Como lo dijo el entonces procurador, prevalece la Ley 2094 de 2021 que reformó el Código Disciplinario.

La Procuraduría advierte que vienen más decisiones contra alcaldes y gobernadores que han participado en política y mientras tanto, el alcalde de Medellín Daniel Quintero, ha estado reunido con abogados hasta tarde para estudiar una tutela que estarían presentando a primera hora.





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