Las dudas que genera la política de sometimiento de bandas criminales

Según el proyecto de ley de sometimiento, las penas de 40 años serían reemplazadas por penas de 6 a 8 años.
Ariel Ávila, Roy Barreras y Humberto de la Calle
Ariel Ávila, Roy Barreras y Humberto de la Calle Crédito: Colprensa

Hay muchas dudas y preguntas sobre el proyecto de ley de sometimiento que está a punto de ser radicado en el Congreso.

Surge la pregunta sobre si existe un equilibrio adecuado entre los beneficios e incentivos ofrecidos y lo que el Estado y la sociedad reciben a cambio.

Lea más: Estancada está la ley de sometimiento en el Congreso, ¿por qué?

Según el proyecto, las penas de 40 años serían reemplazadas por penas de 6 a 8 años, lo que significa que aquellos condenados que hayan cumplido 8 años de pena efectiva tendrían derecho a la libertad una vez firmada el acta de sujeción y dictada la sentencia colectiva.

El senador Ariel Ávila ha dicho que esto no es así y que, según la ley, deberían cumplir más tiempo en prisión. Sin embargo, lo más posible es que, a través del principio de favorabilidad, obtengan la libertad. Eso ya se lo han advertido al Gobierno y a los ponentes.

Lea: Gustavo Petro defendió la polémica ley de Sometimiento

La ambigüedad del proyecto plantea diferentes interpretaciones en relación con las condiciones para acceder a este tratamiento penal especial. Por un lado, se plantea que el tratamiento operará simplemente con la firma del acta individual de sujeción. Por otro lado, se establece que el tratamiento solo aplicará si se cumplen todas las condiciones establecidas en la ley, como la manifestación colectiva de desmantelamiento de la estructura y la entrega de armas, entre otras.

En resumen, este proyecto solo beneficiaría a aquellos que ya están en la cárcel, condenados y sometidos por el Estado (¿pacto de La Picota?).

Si bien el proyecto presenta inconstitucionalidades significativas, como el principio de oportunidad masivo, las competencias de la Fiscalía y los jueces otorgadas al alto comisionado, y un sistema penal diferenciado y desigual, se ha mencionado (Ariel Ávila) que estas inconstitucionalidades no son importantes ya que corresponde a la Corte Constitucional, y no a los congresistas, resolver esos problemas.


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