Reforma a la Procuraduría: proyecto otorga facultades especiales al presidente Petro

El documento explica cuáles serán las funciones del procurador general y del organismo.
Procuradora Margarita Cabello contra Presidente Petro
La Procuradora Margarita Cabello arremetió en contra del presidente Gustavo Petro. Crédito: Colprensa

El proyecto de acto legislativo del Gobierno Nacional que busca reformar a la Procuraduría y a la Contraloría, suprime las funciones jurisdiccionales de los entes de control, lo que representa que no tendrán la potestad de sancionar funcionarios elegidos democráticamente.

“El Ministerio Público y la Contraloría General de la República son órganos de control, no tendrán funciones jurisdiccionales y no podrán limitar los derechos políticos de los ciudadanos a ser elegidos y a ejercer cargos de elección popular”, se indica en el primer artículo del documento.

En esta iniciativa, se explican cuáles serán las funciones del Procurador General de la Nación, quien oficiara, junto con los delegados y servidores de la Procuraduría y Defensoría, la función del Ministerio Público.

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“Proteger los derechos humanos, promover su observancia, formular recomendaciones para su protección y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo. (…) Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas y adoptar las medidas preventivas que estime convenientes, de conformidad con la ley”, explica el proyecto.

Este proyecto otorga facultades especiales al presidente Gustavo Petro para que, en un término de seis meses, emita decretos con fuerza de ley para dar por ejecutada esta norma, pero también podrá mover a los funcionarios judiciales de la Procuraduría a otras dependencias de la Rama Judicial.

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“Fortalecerá la Rama Judicial del poder público mediante el traslado o reubicación de procuradores judiciales y otros funcionarios de la Procuraduría General de la Nación a la Rama Judicial. Los procuradores judiciales lo serán en condición de nuevos jueces, fiscales y magistrados de la República, en el mismo nivel jerárquico y con los derechos y obligaciones propios de la carrera judicial”, concluye el proyecto sin radicar.

Además deja claro que la facultad investiga y sancionatoria de la Procuraduría se limitará única y exclusivamente a las personas que ejerzan funciones públicas, pero en ningún caso a los elegidos por voto popular.

“Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas; adelantar el ejercicio preferente de la acción disciplinaria, realizar la investigación y sancionar los hechos que revistan las características de una falta disciplinaria, todo ello según las reglas propias del derecho administrativo y de conformidad con la ley. En ningún caso podrá sancionar con suspensión, destitución o inhabilidad a servidores públicos de elección popular”, añade la iniciativa.

Esta propuesta deja en firme las facultades de entregar conceptos en procesos de revisión constitucional y exhortar al Congreso para que expida leyes que protejan los derechos humanos.


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