Reforma laboral: ¿cuáles son los cambios de la ponencia?

Un total de 82 artículos hacen parte de la ponencia que fue radicada en la Comisión Séptima.
Reunión de reforma laboral.
Reunión de reforma laboral. Crédito: Cortesía Mintrabajo

Un total de 82 artículos hacen parte de la ponencia de la reforma laboral que fue radicada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.

El documento establece que los trabajadores y trabajadoras serán vinculados mediante contrato de trabajo a término indefinido y establece unas excepciones para celebrar contratos de trabajo, ya sea por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.

Dice además que el trabajo en día de descanso obligatorio, o días de fiesta se remunera con un recargo del 100% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa.

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En el trabajo de plataformas se establece que el contrato de trabajo en plataformas digitales tecnológicas de reparto cuando los trabajadores y trabajadoras laboran para éstas en la realización de tareas de reparto o entrega, en consecuencia son sujetos de todas las garantías individuales y colectivas, derechos y prestaciones del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales.

La propuesta establece que cuando en la convención colectiva sea parte un sindicato o sindicatos que afilien cuando menos a la quinta parte del total de los trabajadores de la empresa o grupos de empresas, las normas de la convención se extienden a todos los trabajadores del respectivo nivel, sean o no sindicalizados.

La reforma laboral prohíbe la celebración de contratos sindicales o cualquier tipo de acuerdo civil o mercantil que tenga por objeto o efecto encomendar a las organizaciones de trabajadores la ejecución de obras, trabajos o la prestación de servicios en favor de terceros a cambio de un precio.

En el caso de las licencias de paternidad y otras licencias, afirmó que es necesario avanzar en la eliminación de estos sesgos basados en género. Una de las medidas para lograr eliminar estos sesgos a las que se enfrentan las mujeres, es equilibrando las licencias de cuidado. Es por ello por lo que se amplía la licencia de paternidad (PL 367, 2023C). Por otro lado, también se incluye la licencia pro-ciclos menstruales incapacitantes, reconociendo que actualmente en Colombia cerca de 3.5 millones de personas menstruantes tienen el diagnóstico de endometriosis (PL 367, 2023C).

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Otro de los ajustes que tiene esta reforma laboral es el inicio de la jornada nocturna que pasaría de 9:00 p.m. a 7:00 p.m.

“Queremos que en Colombia haya una reflexión en torno a lo que han significado 22 años, donde los derechos laborales han sido recortados y este es un punto neurálgico para 1.6 millones de trabajadores que se han visto afectados, porque han perdido en tiempo cada trabajador cerca de 33 millones de pesos por las cuatro reformas que se han realizado, ahora el bajar de 6:00 pm a 7:00 p.m. el recargo nocturno, es un elemento de concertación y de diálogo”, afirmó la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.


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