En medio de la audiencia contra Nicolás Petro, su abogado defensor, Alejandro Carranza, lanzó fuertes cuestionamientos contra la validez de las pruebas presentadas por la Fiscalía, asegurando que habrían sido manipuladas y que nunca existió una cadena de custodia legítima.
Según el jurista, la evidencia digital entregada por Day Vásquez habría sido alterada antes de llegar a manos de las autoridades y posteriormente divulgada a la Revista Semana.
Según el abogado defensor, un video evidencia cómo la información fue trasladada de un celular a otro, lo que a su juicio, compromete la integridad del contenido original.
“Ella dijo que iba a trasladar la información y la manipuló, la tergiversó del documento original del celular para que ahora vengan a decir que hubo cadena de custodia. Eso quedó en video. Es inapelable, es indiscutible”, sostuvo el abogado Carranza, refiriéndose a la fiscal Lucy Laborde Betancourt.
Dudas sobre la “copia espejo”
Uno de los puntos más controvertidos gira en torno a la explicación de la Fiscalía, que aseguró que no hubo manipulación, sino el uso de una técnica de “copia espejo” entre dos dispositivos.
Sin embargo, la defensa cuestionó la ausencia de elementos técnicos clave, Carranza dijo:
- No se presentó el hash de verificación.
- No hay acta que respalde la supuesta copia.
- No se identifican los dispositivos en la cadena de custodia.
“¿Dónde está el hash de verificación? ¿Quién hizo la copia espejo? ¿Dónde está el registro del segundo dispositivo?”, reclamó el abogado.
“Ellos vulneraron incluso sus propios manuales... la cadena de custodia del documento digital está rota. ¿De qué cadena de custodia quiere que discutamos su señoría en el juicio si no nació?”.
Además, fue enfático al señalar que “No hubo hash, no hubo ID, no hubo copia espejo”.
Filtración previa a medios genera sospechas
Otro aspecto crítico expuesto por la defensa es que, según el expediente probatorio, el contenido del celular ya habría estado en manos de Revista Semana antes de la diligencia oficial del 3 de marzo de 2023.
El abogado defensor planteó dos escenarios, el primero según Carranza, "la información circulaba previamente, lo que sugeriría una posible prefabricación".
"O que fue filtrada el mismo día de la diligencia, pese a que la Fiscalía lo niega".
“¿Cómo llegaron esas conversaciones a la revista si el celular fue entregado el 3 de marzo?”, cuestionó la defensa.
Debate sobre la flagrancia
La defensa también rechazó la tesis de la Fiscalía de considerar el reportaje periodístico como elemento de flagrancia, calificándola como una interpretación “completamente inaceptable”.
“No existe en el Código de Procedimiento Penal que una revista pueda generar flagrancia”, enfatizó el abogado.
Apelación a fallos de la Corte Suprema y Constitucional
Durante su intervención, la defensa citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, en particular una sentencia con ponencia de la magistrada Patricia Salazar Cuéllar:
“El acceso integral a la información contenida en dispositivos electrónicos exige no solo autorización judicial, sino también protocolos técnicos que garanticen la integridad de los datos en el momento de la obtención”.
Carranza aseguró que en este caso no se cumplió ninguno de esos requisitos. “Para la entrega del celular se requiere control judicial. No lo hubo... tampoco hubo los protocolos técnicos que garanticen la integridad de los datos”, dijo.
También citó a la Corte Constitucional, al señalar que “la intervención del Estado en el espacio digital de una persona requiere no solo autorización, sino también una metodología que garantice la proporcionalidad y la integridad de lo obtenido”.
Defensa pide excluir pruebas del juicio
Finalmente, el defensor concluyó que las irregularidades señaladas constituyen un vicio de origen que invalida la evidencia.
“Esa incertidumbre no es un debate de valoración para el juicio oral. Es un vicio de origen que afecta la admisibilidad del elemento probatorio. Debe ser excluido, debe ser inadmitido”.