Posesión de Abelardo de la Espriella en Cali: fue radicada nueva proposición que votará el Congreso

La proposición será votada en las plenarias de Senado y Cámara entre el lunes y martes de esta semana.
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La Cámara aprobó una ley que eleva hasta 50 años las penas por reclutamiento de menores y crea medidas para prevenir este delito. Crédito: Colprensa

Ya fue radicada en el Congreso de la República la nueva proposición que deberá votar el Congreso de la República para que se autorice la posesión del presidente electo, Abelardo de la Espriella, en la ciudad de Cali.

El nuevo jefe de Estado confirmó que este acto ya no se podrá adelantar en el departamento del Cauca, como estaba previsto, por cuenta de la actividad del volcán Puracé, que ha afectado la operación del aeropuerto de Popayán.

La nueva proposición, presentada por el partido Salvación Nacional a través de la representante Carol Borda, plantea autorizar el traslado de los parlamentarios a la capital del Valle del Cauca por una sola vez, para que el nuevo mandatario pueda asumir el poder ante el pleno del Congreso.

“Se solicita aprobar el traslado extraordinario y excepcional de la sede del Congreso de la República, para que sesione en pleno en la ciudad de Santiago de Cali, el día 7 de agosto de 2026, con el fin de llevar a cabo la ceremonia de posesión del Presidente y del Vicepresidente de la República electos para el período constitucional 2026-2030”, indica el texto de la proposición.

En el documento se señala que “el traslado extraordinario de sede que se propone es de carácter estrictamente excepcional, se circunscribe a una sola sesión y para un único fin —la posesión presidencial del 7 de agosto de 2026—, y en nada afecta ni modifica la sede permanente del Congreso de la República, que continuará siendo el Capitolio Nacional para todos los demás efectos constitucionales, legales y reglamentarios”.

No hay impedimentos para el traslado

Además, la proposición argumenta que no existe ningún impedimento legal para que el Congreso en pleno pueda desplazarse a otra ciudad, distinta a Bogotá, para sesionar si así lo requiere.

Argumenta además que “la Constitución Política no exige que la ceremonia de posesión presidencial se realice en un recinto determinado, sino que el juramento se preste ante el Congreso de la República como cuerpo colegiado; en consecuencia, el requisito constitucional se satisface con la presencia física y en pleno de los congresistas, con independencia del lugar donde ello ocurra, siempre que dicho lugar haya sido válidamente autorizado conforme al artículo 140 Superior”.

¿Posesión en la Plaza Cayzedo?

El alcalde de Cali, Alejandro Eder, le ha sugerido al equipo del presidente electo, Abelardo de la Espriella, que la ceremonia de posesión se lleve a cabo en la Plaza Cayzedo; no obstante, la decisión sobre el lugar exacto para que se lleve a cabo la ceremonia, la tendrá el mandatario y el nuevo gobierno.


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