“Para una Constituyente hay que cumplir las normas de la Constitución”: expresidente de la Corte

Alfredo Beltrán Sierra, expresidente de la Corte Constitucional, explicó en La FM de RCN cuál es proceso para modificar la constitución.
Alfredo Beltrán Sierra, expresidente de la Corte Constitucional
Alfredo Beltrán Sierra, expresidente de la Corte Constitucional Crédito: Colprensa


En una entrevista con La FM de RCN, Alfredo Beltrán Sierra, expresidente de la Corte Constitucional, expuso su perspectiva sobre la propuesta de convocar a una Constituyente por parte del Gobierno de Gustavo Petro.



Beltrán Sierra subrayó la complejidad y rigurosidad del proceso de reforma constitucional, destacando la importancia de seguir los procedimientos establecidos.



"Reformar la constitución no es una cuestión tan fácil de realizar como reformar o expedir una ley de la república. El trámite para la reforma de la constitución es más complejo que la expedición de una ley porque la Constitución da estabilidad y permanencia al fundamento del resto del orden jurídico y del actuar de las autoridades, de los derechos fundamentales de las personas. Por eso, tiene normas específicas que dicen cómo se debe reformar la constitución", señaló Beltrán Sierra.

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Constitución de Colombia cumple 33 años
Constitución de Colombia cumple 33 añosCrédito: Colprensa


El exmagistrado resaltó la función de control especial que actúa para asegurar el cumplimiento estricto de las normas constitucionales en el proceso de reforma.



"La reforma de las reglas que existen en la constitución exige una reforma constitucional porque para eso se involucra en la carta política. Mientras eso no ocurra, las que existen, se deben cumplir", añadió.


Beltrán Sierra detalló el procedimiento necesario para una reforma constitucional, indicando que inicialmente se debe realizar mediante un acto legislativo expedido por el Congreso de la República en dos vueltas. La primera vuelta se realiza siguiendo el proceso de una ley, y en la segunda, que debe ser de conocimiento público, se aprueba mediante un decreto. "Eso implica que, en la segunda vuelta, las mayorías para aprobar la reforma constitucional son más", explicó.


En cuanto a la convocatoria de una Asamblea Constituyente, Beltrán Sierra aclaró que se requiere un referendo que debe ser aprobado por mayoría absoluta y controlado por la Corte Constitucional.



"Luego de eso, se fija una fecha para una votación, se organiza y se realiza esa votación, y requiere una mayoría con una base inicial de la quinta parte del censo electoral", dijo.

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Congreso de la República
Congreso de la RepúblicaCrédito: Colprensa


Finalmente, Beltrán Sierra mencionó la opinión del presidente de la Corte Constitucional sobre la conveniencia de reformar la constitución, pero subrayó que no se ha discutido ni el procedimiento ni el contenido de la posible reforma.



"No se sabe si se va a expedir la ley que convoque a la Constituyente", concluyó.



Al referirse al "fast track" utilizado en el acuerdo de paz, Beltrán Sierra enfatizó que, en este caso, se deben cumplir las normas estrictas que contiene la Constitución.



"El fast track fue un procedimiento rápido para expedir una reforma a la constitución, autorizó en el acuerdo de paz que así se podía modificar la constitución. Pero en este caso, hay que cumplir las normas estrictas que contiene la Constitución", concluyó.



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