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Leyva no se presentará al juicio en la Procuraduría

Esta diligencia estaba programada para iniciar en horas de la mañana de este jueves.

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Actualizado:
Jueves, Febrero 15, 2024 - 10:22
Álvaro Leyva
Caso pasaportes: Leyva pide incluir informe de la Fiscalía.
Colprensa

El suspendido canciller Álvaro Leyva no se presentará a la audiencia de inicio del juicio disciplinario en la Procuraduría General de la Nación, por el escándalo del contrato para la licitación de los pasaportes. 

El abogado defensor de Leyva, Yefferson Dueñas, explicó que se trata de una decisión personal pues la diligencia puede realizarse sin la presencia del investigado. 

Esta diligencia estaba programada para iniciar en horas de la mañana de este jueves, pero pocos minutos antes de empezar el juicio el abogado confirmó que asistirá sin la presencia de su representado. 

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El abogado anunció en la audiencia que hará una intervención cuando el procurador le dé la palabra y luego de esto, estarán al tanto de cómo se desarrolle el resto de la diligencia dirigida por el procurador delegado. 

Paralelo a este caso, el suspendido canciller espera que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca lo devuelva a su cargo, tras una tutela que fue presentada contra el procedimiento adelantado por la Procuraduría. 

“Solicito que, con la admisión de la presente acción de tutela, como medida provisional se disponga la suspensión de los efectos del numeral segundo del Auto del 24 de enero de 2024, proferido por la Sala de Instrucción Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, relativo a la suspensión del doctor Álvaro Leyva Durán en el ejercicio del cargo como ministro de Relaciones Exteriores”, señala uno de los apartes de la acción presentada ante ese tribunal. 

La petición de dejar sin efecto la suspensión, se fundamenta en “la urgencia y necesidad de garantizar la protección efectiva de los derechos fundamentales del ministro Álvaro Leyva Durán. 

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En el documento, la defensa de Álvaro Leyva asegura que la medida provisional se justifica ante la necesidad de evitar perjuicios ciertos e inminentes al interés público, teniendo en cuenta que al suspenderlo sin existir imperiosas y necesarias razones, “se entorpece” la dirección y el normal desarrollo de las relaciones exteriores.

Fuente:
Sistema Integrado de Información