La Comisión de Disciplina investiga al magistrado que prohibió a De la Espriella usar la bandera de Colombia y el eslogan “Firmes por la patria”

Aunque la Corte Suprema de Justicia frenó la restricción, la entidad que vigila a abogados y jueces indagará si fue arbitraria o extralimitada.
Abelardo de la Espriella podrá seguir usando el saludo militar y el eslogan "firmes por la patria", tras una decisión de la Corte Suprema de Justicia, y el magistrado que se lo prohibió será investigado disciplinariamente.
Abelardo de la Espriella podrá seguir usando el saludo militar y el eslogan "firmes por la patria", tras una decisión de la Corte Suprema de Justicia, y el magistrado que se lo prohibió será investigado disciplinariamente. Crédito: Colprensa

Rafael Albeiro Chavarro Poveda dejó de ser un magistrado de bajo perfil en un nunca reposado Tribunal Superior de Bogotá. El togado de la Sala Laboral le prohibió al candidato presidencial Abelardo de la Espriella, puntero en las encuestas de intención de voto, utilizar varios emblemas característicos de su campaña.

La determinación, una medida provisional en medio del estudio de una tutela, causó revuelo. No solo en el escenario político, sino en los estrados judiciales, protagonistas de la recta final de cara a la segunda vuelta. La Corte Suprema de Justicia ha recibido unas veinte tutelas contra el auto que adoptó la cautela.

El alto tribunal ya tomó la palabra en dos expedientes, uno de ellos impulsado por el propio De la Espriella, y frenó la prohibición, que se dirigía a la bandera de Colombia, el saludo militar —con el que el penalista aparece en el tarjetón de los comicios—, los símbolos patrios y el característico eslogan “Firmes por la patria”.

Ahora el turno es de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, el organismo encargado de investigar disciplinariamente a abogados sin importar si son asesores, litigantes, jueces o magistrados. La entidad abrió este martes, 16 de junio, una investigación disciplinaria contra el togado Rafael Chavarro.

Julio Andrés Sampedro Arrubla es el magistrado que investigará a Chavarro. La idea es determinar si la prohibición ordenada el 9 de junio fue “presuntamente contraria al ordenamiento jurídico, arbitraria o adoptada con extralimitación de funciones”, de acuerdo con el auto de once páginas que arranca el proceso.

Sampedro y la Comisión respondieron así a una queja que presentó Pablo Bustos, presidente de la Red de Veedurías de Colombia, RedVer. El Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá enviarle a la corte disciplinaria copias de los emblemas y logos avalados para la campaña de De la Espriella, y Chavarro deberá responder en versión libre.

La Corte Suprema suspendió las restricciones a De la Espriella

Cuatro días atrás, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia admitió una tutela del penalista y reversó las disposiciones. De la Espriella debía retirar de redes sociales, página web y pauta en medios de comunicación cualquier publicidad que incluyera la bandera de Colombia, el eslogan de campaña o el saludo militar.

“En particular, la providencia no examina por qué era necesario ordenar el retiro de toda la propaganda que pudiera encuadrar en categoría formuladas de manera amplia, en lugar de identificar e individualizar las piezas específicas respecto de las cuales advirtió una eventual infracción”, explicó la Corte, con ponencia de Víctor Usme.

O sea, el magistrado Chavarro no detalló en qué imágenes de campaña se estarían incumpliendo las normas electorales que prohíben utilizar los símbolos patrios en favor de una aspiración a la Casa de Nariño. El auto de la medida cautelar “no sustenta de manera suficiente el alcance de la restricción”, añadió la Corte.

“Un asunto que, como este, incide directamente sobre el desarrollo de la propaganda de una de las dos campañas que disputan la Presidencia de la República, a pocos días de la segunda vuelta, compromete así no solo los derechos políticos individuales del accionante, sino las condiciones mismas en que se desenvuelve el proceso electoral”, indicó el presidente de la Sala de Casación Laboral.

Parte de lo problemático de la medida provisional inicial era que, en la práctica, obligaba a desmontar toda la identidad de la campaña de Abelardo de la Espriella, quien ha consolidado su discurso en el nacionalismo y el patriotismo con emblemas como la camiseta de la selección de fútbol o la insistencia en su imagen costeña.

Incluso, pretendía que el candidato abandonara el nombre del grupo significativo de ciudadanos que las autoridades electorales ya aprobaron y que incluso aparece en el tarjetón junto a la imagen de De la Espriella. Se trata de “una afectación de alta intensidad sobre los derechos políticos y electorales”, reseñó la Corte.

No es la única decisión que suspende la medida provisional. La magistrada Marjorie Zúñiga, expresidenta de la Sala Laboral, admitió otra tutela y también revocó, de forma cautelar, todo lo que el magistrado Rafael Chavarro había dispuesto. A la Sala de Casación han llegado veinte tutelas para tumbar la cautela.

El origen de la controversia y otras decisiones judiciales sobre la campaña

El despacho de Zúñiga analizará una demanda del abogado Camilo Montoya Duque. La censura del material de Abelardo de la Espriella “desequilibra la equidad entre los dos aspirantes”, el abogado y el senador oficialista Iván Cepeda, y equipara el saludo castrense con un símbolo patrio sin serlo, subrayó la magistrada.

Todo empezó con un proceso administrativo sancionatorio que buscó iniciar el abogado Dylan Lizarazo Ramos. En octubre de 2025 denunció ante el Consejo Nacional Electoral una presunta vulneración del régimen electoral por el uso de la bandera colombiana. El caso aterrizó en el despacho de Alba Lucía Velásquez.

Velásquez, magistrada en el tribunal político por el Pacto Histórico, no ha avanzado en el expediente. Lizarazo alegó que sigue estancado, “pese a los reiterados e insistentes requerimientos para que se pronuncie”. Para el demandante, persiste una “indebida utilización de los símbolos patrios” y “mora del CNE para la investigación”.

El magistrado Chavarro está de acuerdo. “El CNE ha incurrido en mora procesal injustificada respecto al trámite y la resolución de la denuncia”, reseñó en el auto de la tutela con el que partieron las disputas jurídicas, en el que sostuvo que el “uso inadecuado” de los símbolos patrios “desconoce la libertad electoral”.

El 4 de junio la juez 120 Penal de Conocimiento de Bogotá, Aura Luz Forero, adoptó una medida cautelar que le prohibía a De la Espriella y su equipo utilizar la camiseta de la Selección Colombia para promover su campaña. Tras una tutela más, la juez María Isabel Ferrer, la 62 de Conocimiento, trancó la disposición.

“La medida adoptada es ambigua y anfibológica”, reprochó la togada Ferrer. “La falta de claridad respecto de los destinatarios y del alcance de la prohibición genera un escenario de incertidumbre jurídica, que impide a los ciudadanos conocer con precisión las conductas permitidas o restringidas”, zanjó.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Por qué la Comisión de Disciplina investiga al magistrado Rafael Albeiro Chavarro

Porque abrió una investigación disciplinaria para establecer si la medida cautelar con la que le prohibió a Abelardo de la Espriella usar la bandera de Colombia, el eslogan “Firmes por la patria” y otros emblemas de campaña fue arbitraria, contraria al ordenamiento jurídico o una extralimitación de funciones.

¿Qué decidió la Corte Suprema sobre las restricciones impuestas a De la Espriella?

La Sala de Casación Laboral admitió una tutela del candidato presidencial y suspendió provisionalmente las restricciones. Según la Corte, el magistrado Chavarro no justificó adecuadamente por qué era necesario retirar toda la propaganda ni identificó con precisión las piezas que supuestamente infringían las normas electorales.

¿Cómo se originó la controversia por los símbolos de campaña?

Todo surgió de una denuncia presentada ante el Consejo Nacional Electoral por el abogado Dylan Lizarazo Ramos, quien cuestionó el uso de la bandera colombiana en la campaña de De la Espriella. Ante la falta de avances en ese expediente, Chavarro consideró que existía una mora injustificada y adoptó medidas cautelares dentro de una tutela.

¿Qué consecuencias podría tener la investigación disciplinaria contra Chavarro?

En esta etapa no implica sanciones. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial recopilará pruebas, escuchará la versión libre del magistrado y revisará los antecedentes del caso antes de determinar si existió alguna falta disciplinaria relacionada con la decisión que afectó la campaña presidencial.





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