Comenzó el trámite del plebiscito para refrendar los acuerdos de paz

Fue radicada la ponencia que busca regular el plebiscito para la refrendación del acuerdo al que llegue el Gobierno Nacional con la guerrilla de las Farc en La Habana.
Archivo La FM
Crédito: La FM

Es importante resaltar que el plebiscito deberá ser sometido a votación de todos los colombianos que hagan parte de censo electoral y se entenderá que será aprobado en caso de que la votación por el “sí” obtenga una cantidad de votos mayor al 13% del censo y supere los votos depositados por el “no”.

Asimismo, el presidente Juan Manuel Santos deberá informar al Congreso su intención de convocar este plebiscito y la fecha en que se llevará a cabo la votación, la cual no podrá ser anterior a un mes ni posterior a cuatro meses, contados a partir de la fecha en que el Congreso reciba el informe del presidente.

“Si el Congreso se encuentra en receso deberá reunirse para pronunciarse sobre el plebiscito. Si dentro del mes siguiente a la fecha en la que el presidente de la República informe su decisión de realizar el Plebiscito por la paz, ninguna de las dos Cámaras manifiesta su rechazo, el presidente podrá convocarlo, señala la ponencia.

Es importante resaltar que este proyecto de Ley Estatutaria se somete a consideración de las Comisiones Conjuntas Primeras de Senado y Cámara y tiene el fin de crear un mecanismo que pueda permitir a los colombianos refrendar el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

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