Artículo 'anti-empanada' del Código de Policía sufriría reforma de fondo

La ministra de Justicia, Gloria María Borrero, confirmó que su despacho estudia presentar el proyecto ante el Congreso.
A la luz del Código de Policía, ¿no es permitido el consumo de alimentos en el transporte público?
A la luz del Código de Policía, ¿no es permitido el consumo de alimentos en el transporte público? Crédito: Colprensa

La multa de más de $800.000 que impuso un oficial de la Policía Nacional contra un joven que compró una empanada en la calle, sigue dando de qué hablar.

Este caso abrió el debate sobre la manera correcta de aplicar el Código de Policía para evitar que se presenten eventualmente abusos de autoridad.

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El Gobierno Nacional analiza la posibilidad de tramitar una reforma a esta ley en el Congreso de la República, para precisar en qué tipo de circunstancias se pueden imponer estas sanciones.

Asimismo, se buscará enviar una especie de recomendaciones a la institución para que vuelva a capacitar a los uniformados quienes son los encargados de exigir el cumplimiento de las normas de convivencia.

La ministra de Justicia, Gloria María Borrero, indicó que se está analizando el tema en su despacho para poder hacer o bien sea una sugerencia a la Policía para capacitar mejor a sus integrantes, o hacer una propuesta de modificación al Código.

“No es un talante de este Gobierno y ni más faltada que eso esté orientando en el Plan Nacional de Desarrollo”, manifestó.

Borrero había indicado que hubo una mala interpretación del policía que multó al ciudadano que compró este producto a una vendedora en la calle.

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Algunos congresistas también impulsarán un proyecto de ley para eliminar las sanciones por ventas ambulantes.

Desde el Partido Conservador han advertido que hay que poner una aclaración en el Código de Policía para que no haya esa persecución tal cual como se viene haciendo. El senador Efraín Cepeda dijo que se debe diseñar un decálogo que permita transitar a la formalización de los vendedores informales.

Cabe mencionar que el numeral 6 del artículo 140 del Código de Policía establece que quien promueva el uso o ocupación indebida del espacio público, puede enfrentarse al pago de comparendos.


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