Proyecto de ley propone redención de penas por trabajo social en cárceles

Las personas condenadas podrán reducir su pena mediante trabajo social o estudio en los centros de reclusión.
Corte Suprema
Nueva ley de redención de penas por trabajo social para personas privadas de la libertad llegará a la Corte Suprema de Justicia en los próximos días, incrementando la favorabilidad de redención de penas en un 66.77. Crédito: Colprensa

La FM de RCN Radio conoció detalles sobre la nueva ley de redención de penas por trabajo social para personas privadas de la libertad en los próximos días.

La nueva normativa señala que las personas que permanecen condenadas en centros de reclusión, a través de trabajo social de estudio y favorabilidad, podrán hacer rebaja de sus penas.

La ley anterior establecía que por 2 días de trabajo social se les restaba un día de la pena, dicha normativa establecida en el artículo 19.

En consecuencia, el artículo en mención establece que la redención de penas y la favorabilidad por trabajo de estudio ya no será 2x1, ahora se modificará a 3x2. Un logro que para muchos expertos penalistas significa que tras esta nueva ley se tendrá un incremento en la favorabilidad de redención de penas del 66.77%.

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Es decir, una persona que está condenada a 30 años con una pena con una pena, el cumplimiento más o menos entre el 18 y el 20% efectivo son 10 a 12 años tendrá la posibilidad de acceder a subrogados penales de acorde con la condena de la que fue llevado a la cárcel.

Entre tanto, el estudio de esta nueva ley, (Ley 2466/2025), hasta ahora, se encuentra en los despachos de los juzgados de ejecuciones de penas, quienes son los competentes para la determinación de la viabilidad de dicha ley.

Asu vez, señala esta ley que son ellos, los jueces, quienes deberán decidir sobre la redención de la pena en el marco de la aplicación de la llamada reforma laboral del gobierno nacional, así como lo indica el artículo 19 de esta normativa.

Sin embargo, como es un tema nuevo, aún no existe pronunciamiento por parte de la Corte Suprema de Justicia, quizás porque aún no han llegado tutelas contra los juzgados donde no aceptan la redención aplicando el principio de favorabilidad. Por tanto, hasta el momento son muy pocos abogados penales, juristas y demás sectores judiciales que tienen conocimiento del tema.

"Es una ley que favorece a la resocialización y además es una amplitud que estaba buscando la política criminal para la descongestión de las cárceles en Colombia", afirmó el abogado penalista, Ricardo Burgos.

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Hay que decir que, así como la nueva reforma laboral aplica en el descuento de la jornada laboral, esta nueva ley contemplaría para las personas privadas de la libertad el aumento en el marco de que por cada 3 días de trabajo se les tendrá en cuenta 2 para disminuir sus sentencias.

Sin embargo, de acuerdo a datos investigados por este medio de comunicación, muchos jueces de ejecuciones podrían negarse a la aplicación de esta ley, concretamente en la ciudad de Cali y en otras ciudades del país, quienes hacen resistencia a la ejecución de su aplicación.

La nueva normativa también señala: "la ley promueve el trabajo decente como herramienta de inclusión. Esto puede ser usado por defensores de derechos humanos y abogados para exigir que los programas de resocialización incluyan formación laboral, empleo digno y remuneración justa".

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¿Cómo se implementa?

Según sus directrices, se crean espacios productivos de trabajo dentro de los centros penitenciarios, donde los internos pueden confeccionar, elaborar o producir bienes como alimentos, artesanías, productos agrícolas, culturales, musicales y audiovisuales. Por tanto, la participación es voluntaria y libre, sin coerción.

Asimismo, se promueve la vinculación del sector público y privado, ofreciendo incentivos tributarios y administrativos a las empresas que participen. Además el trabajo realizado será certificado como experiencia laboral, lo que facilita el acceso a empleo formal tras cumplir la condena.

Pero además, si se considera que hay una vulneración de derechos fundamentales (como el derecho al trabajo, igualdad, debido proceso), puede interponerse una tutela ante el juez competente.

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Hay que señalar que, esta ley laboral no excluye a personas privadas de la libertad cuando realizan trabajo productivo. Sumado a que promueve el trabajo digno y decente, lo cual debe incluir a los internos que trabajan en condiciones similares.

"La redención de pena por trabajo es un mecanismo de resocialización, y negarlo sin justificación puede constituir una violación de derechos": señala en uno de los apartes del documento ya conocido.

A continuación puede conocer todo el documento que contempla la nueva normativa:



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