Caso Nicolás Petro: fiscal Lucy Laborde asegura que el abogado "cometió errores conceptuales graves en recurso de reposición"

La fiscal del caso advierte que la defensa de Petro "hizo titubeos imaginarios y tuvo errores conceptuales".
Durante la audiencia, el togado no acogió en su totalidad los argumentos expuestos por el abogado defensor
Audiencia preparatoria del juicio contra Nicolás Petro. Crédito: Colprensa

La audiencia preparatoria del juicio contra Nicolás Petro inició marcada por un duro pronunciamiento de la Fiscalía General de la Nación, que cuestionó con severidad la sustentación del recurso de reposición presentado por la defensa del acusado.

La fiscal del caso, Lucy Laborde Betancourt, aseguró ante el juez que el abogado defensor incurrió en imprecisiones jurídicas y confusiones conceptuales que, según dijo, desvirtúan los argumentos planteados para pedir exclusiones probatorias.

“Titubeos imaginarios” y críticas a la defensa

En su intervención, la Laborde señaló que varios de los planteamientos del recurso parten de interpretaciones equivocadas sobre el alcance del control judicial de la prueba.

De manera enfática, manifestó que la defensa incurrió en “errores conceptuales” al confundir el análisis de la licitud en la obtención de la evidencia con el debate sobre su credibilidad en juicio, dos escenarios procesales distintos.

Incluso, calificó algunos cuestionamientos como “titubeos imaginarios”, al considerar que se basan en hipótesis que deberán discutirse en la etapa de valoración probatoria y no en la de admisibilidad.

Controversia por el contenido del celular

Uno de los puntos centrales de la réplica de la Fiscalía fue la solicitud de exclusión de información obtenida del celular —un iPhone 13— entregado por Daysuris del Carmen Vázquez Castro.

Según el ente acusador, la defensa intenta presentar como un problema de legalidad lo que, en realidad, sería un debate sobre autenticidad o credibilidad de la evidencia.

La fiscal sostuvo que el acceso al dispositivo se produjo por un acto voluntario de su titular, por lo que no existiría vulneración de derechos fundamentales que justifique la exclusión del material.

Debate sobre la fuente no formal y el debido proceso

Otro de los ejes de discusión giró en torno a la utilización de una fuente humana no formal registrada en los sistemas de la Fiscalía.

La defensa alegó que no poder confrontarla vulnera el debido proceso; sin embargo, la fiscal explicó que este tipo de informantes no son testigos de cargo, sino orientadores de la investigación.

En ese sentido, precisó que la prueba sustancial no es la declaración de la fuente, sino los resultados investigativos que se desprenden de la información suministrada, como documentos, registros o capturas.

"Además, el abogado Alejandro Carranza se equivoca al decir que fue el fiscal Mario Barahona quien hizo la inspección del celular de Day Vásquez. El fiscal Mario Barahona no inspeccionó dicho teléfono móvil, lo hizo Mario Bustos, ahí se equivoca el abogado defensor".

"Incurre en error al llamar incompetente al fiscal Mario Barahona, porque es idóneo para el proceso". Dijo Laborde Betancourt.

Testimonio de investigadores: legalidad del recaudo

La representante del ente acusador también respondió a la oposición de la defensa frente a que investigadores declaren en juicio.

Indicó que su participación no busca introducir versiones de terceros como verdad procesal, sino acreditar la forma en que se practicaron diligencias y se recolectaron los elementos materiales probatorios, lo que constituye un testimonio legítimo dentro del sistema penal acusatorio.

El programa metodológico en el centro del debate

La fiscal cuestionó, además, que la defensa pretendiera elevar el programa metodológico —herramienta interna de planeación investigativa— a un requisito de validez constitucional de la prueba.

Recordó que el Código de Procedimiento Penal lo define como una guía para la eficiencia investigativa y que su ausencia o falta de detalle no genera nulidad ni ilegalidad, siempre que las actuaciones respeten las garantías fundamentales.

Según explicó, en la práctica investigativa no todas las actuaciones cuentan con un programa específico previo, pues el rumbo de la investigación puede variar conforme surgen nuevos elementos.

Lo que viene en el proceso

Con los argumentos de la Fiscalía sobre la mesa, el despacho deberá resolver los recursos interpuestos por las partes y definir el alcance de las pruebas que llegarán al juicio oral, etapa en la que se concentrará el debate sobre la credibilidad y peso de la evidencia.

La decisión será determinante para el rumbo del proceso, ya que fijará el marco probatorio sobre el cual se discutirá la responsabilidad penal del acusado.


ELN

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