¿Hay ley seca o restricciones de movilidad en Colombia en este puente festivo?

Para quienes decidan pasar el puente fuera de la capital, uno de los puntos que deben revisar antes de emprender el regreso es el pico y placa regional.
La aplicación de una ley seca depende de las decisiones que adopten las autoridades de cada municipio o distrito.
La aplicación de una ley seca depende de las decisiones que adopten las autoridades de cada municipio o distrito. Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

El puente festivo de la Asunción de la Virgen, que se desarrolla entre el sábado 15 y el lunes 17 de agosto de 2026, trae consigo un aumento en los viajes por las carreteras del país. Por esta razón, las autoridades establecieron medidas para regular la movilidad en algunos corredores viales, principalmente durante las jornadas de salida y regreso de los viajeros.

Una de las principales dudas para quienes tienen previsto desplazarse durante estos días es si existe una ley seca en todo el territorio nacional. La respuesta es no. El hecho de que haya un puente festivo no implica que automáticamente se prohíba la venta o el consumo de bebidas alcohólicas en Colombia.

La aplicación de una ley seca depende de las decisiones que adopten las autoridades de cada municipio o distrito. Los alcaldes tienen la facultad de establecer esta medida cuando consideren que es necesaria para conservar o restablecer el orden público, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

Por ello, las personas que viajen durante este fin de semana deben consultar las medidas del destino al que se dirigen. Cada alcaldía adopta sus medidas y no quiere decir que rija para todo el país.

¿Qué restricciones de movilidad estarán vigentes?

En materia de movilidad sí hay disposiciones para este puente festivo. En Cundinamarca, por ejemplo, se establecieron restricciones para vehículos de carga con capacidad igual o superior a 3,4 toneladas en determinados corredores y horarios.

La medida es para las vías Chía-Mosquera-La Mesa-Girardot y el ramal hacia Soacha. Para estos corredores, la restricción fue establecida para el viernes 14 de agosto entre las 3:00 de la tarde y las 11:00 de la noche; el sábado 15 entre las 6:00 de la mañana y las 3:00 de la tarde, y el lunes 17 entre las 10:00 de la mañana y las 11:00 de la noche.

Estas disposiciones están dirigidas a los vehículos de carga que cumplen con la capacidad establecida, por lo que no corresponden a un cierre general de las carreteras para automóviles particulares. Los viajeros que se movilicen en vehículos particulares pueden transitar por las vías, teniendo en cuenta las regulaciones específicas de cada corredor.

En Bogotá también existe una medida que los viajeros deben considerar durante el regreso del puente: el pico y placa regional. Esta regulación se aplica durante el último día de los puentes festivos y tiene como objetivo organizar el ingreso de vehículos particulares a la capital.

La medida funciona entre las 12:00 del mediodía y las 8:00 de la noche. Entre el mediodía y las 4:00 de la tarde tienen restringido el ingreso los vehículos cuyas placas terminan en número impar. Posteriormente, entre las 4:00 y las 8:00 de la noche, la restricción corresponde a los automóviles con placas terminadas en número par.

La regulación se aplica en los principales corredores de entrada a Bogotá, entre ellos la Autopista Norte, Autopista Sur, calle 13, calle 80, carrera Séptima, vía al Llano, vía Suba-Cota, vía La Calera y vía a Choachí.

¿Qué deben revisar quienes regresen a Bogotá?

Para quienes decidan pasar el puente fuera de la capital, uno de los puntos que deben revisar antes de emprender el regreso es el pico y placa regional. La restricción se concentra en los vehículos que ingresan a Bogotá durante la jornada establecida para el retorno.

Esta medida es diferente al pico y placa que funciona normalmente dentro de la ciudad. Durante los días festivos no opera el esquema ordinario de la misma manera, pero el pico y placa regional sí se aplica en el retorno de los puentes festivos, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Distrito.

También es necesario diferenciar esta regulación de las restricciones para vehículos de carga establecidas en Cundinamarca. Mientras unas medidas están dirigidas a determinados automotores y corredores, el pico y placa regional está enfocado en regular el ingreso de vehículos particulares a Bogotá durante las horas de retorno.

En cuanto a la ley seca, los viajeros deben verificar las decisiones tomadas por las autoridades del municipio donde permanecerán. Las alcaldías pueden establecer restricciones sobre el expendio y consumo de bebidas alcohólicas cuando existan razones relacionadas con el orden público y dentro de los límites establecidos por la legislación.

Por esta razón, no existe una única medida que pueda aplicarse de manera general a todos los municipios del país. Las condiciones pueden cambiar de acuerdo con las decisiones de las autoridades locales y con las circunstancias que se presenten en cada territorio.

El puente festivo, por tanto, tendrá restricciones específicas de movilidad, pero estas no representan una prohibición general para circular por las carreteras colombianas. Los conductores deben prestar atención a los horarios definidos para cada corredor y, en el caso de quienes regresen a Bogotá, verificar el número de placa antes de iniciar el recorrido.

La planeación del viaje también permite identificar si el vehículo corresponde a alguna de las categorías sometidas a restricciones. En el caso del transporte de carga, deben revisarse los horarios establecidos para el corredor correspondiente, mientras que los conductores de vehículos particulares que regresen a Bogotá deben tener presente el horario del pico y placa regional.

¿Hay ley seca en todo Colombia durante el puente festivo?

No. No existe una ley seca nacional que se active de manera automática por tratarse de un puente festivo. La decisión puede ser adoptada por alcaldes municipales o distritales dentro de sus respectivas jurisdicciones cuando las circunstancias de orden público así lo requieran.

¿Qué vehículos tienen restricciones durante el puente?

Las restricciones contempladas en Cundinamarca cobijan a vehículos de carga con capacidad igual o superior a 3,4 toneladas, en determinados corredores y horarios. La medida no corresponde a una prohibición general para los vehículos particulares.

¿Hay pico y placa para ingresar a Bogotá el lunes festivo?

Sí. Durante la jornada de retorno de los puentes festivos se aplica el pico y placa regional para los vehículos que ingresan a Bogotá. La medida funciona entre las 12:00 del mediodía y las 8:00 de la noche, con horarios diferentes para placas pares e impares.


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