Hombre que no conviva con la madre de su hijo, no perderá su licencia de paternidad

No es requisito la convivencia del padre y la madre del recién nacido para ejercer la paternidad.
Madre con su hijo y sin su padre
Pese a que el hombre no conviva con la mamá de su hijo, él no perderá su licencia de paternidad. Crédito: Madre con su hijo y sin su padre / Ingimage

La Corte Constitucional dejó en firme la norma que permite a los hombres que se convirtieron en padres, acceder a ocho días de licencia de paternidad remunerada sin importante el vínculo sentimental que tengan con la madre de su hijo.

Para el alto tribunal, sería discriminatorio si a ese derecho solo pudieran acceder el cónyuge o la pareja permanente de la madre del recién nacido.

Señala que conllevaría a “una restricción o limitación injustificada, al reconocer la licencia de paternidad solo para los padres que tengan la calidad de esposos, cónyuges o compañeros permanentes”.

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La Corte Constitucional precisa que los hombres que se convierten en padres y han decidido otorgar dedicación y atención al hijo que nació en una relación extramatrimonial, tienen el igual derecho que los padres que tuvieron hijos bajo una convivencia con la madre.

“Garantizar los derechos del hijo otorgándole dedicación, atención y cuidado, así dicha atención y cuidado no se presente dentro del entorno familiar biparental que brinda el matrimonio o la unión marital de hecho”, indica la Corte.

Y añade: “No es requisito necesario la convivencia del padre con la madre, o la existencia de un vínculo legal o extralegal entre ellos, para que los padres puedan ejercer su paternidad responsable”.

Al tomar la decisión, la Corte reiteró lo señalado en una sentencia del 2012 en la cual se recuerda que el interés y los derechos del menor a tener una familia y a recibir amor de sus dos padres prevalece frente a cualquier circunstancia.

“La Corte ha resaltado que una de las formas principales en que se garantiza este interés superior al recién nacido es la garantía del reconocimiento de la licencia de maternidad y paternidad, por cuanto con ello se le posibilita al menor el poder recibir cuidado y amor de manera plena”, precisa la providencia.

El alto tribunal, además, declaró que la licencia de paternidad permite al padre comprometerse con mayor fuerza en el cuidado de sus hijos.

“Compartiendo el padre con el hijo ese tiempo tan preciado se atienda su interés superior, permitiéndole iniciar su formación de una manera sólida para fortalecer los vínculos paterno-filiales, pues de esta manera se garantiza su desarrollo armónico e integral y se asume de manera significativa la responsabilidad de la paternidad”, puntualiza.


Ministerio de Salud

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