Despenalización del incesto es una mayor protección de la integridad sexual de niños: MinJusticia

El ministro Néstor Osuna habló en La FM sobre la reforma al Código Penal.
Nestor Osuna
Crédito: Colprensa

El incesto en Colombia nuevamente está en medio de la polémica por el proyecto de ley que se presentó ante el Congreso de la República sobre la reforma al Código Penal.

Néstor Osuna, ministro de Justicia, manifestó en La FM que el incesto si se lee desde el Código Penal “consiste en las relaciones sexuales libremente consentidas entre dos personas adultas que sean hermanos o ascendiente y descendiente. Por otro lado, están los delitos sexuales, la agresión y abusos, que son delitos gravísimos; en estos delitos se agravan aún más la pena si ocurre entre parientes […] La despenalización del incesto realmente está eximiendo a los jueces de un dilema cuando tienen casos de violencia sexual entre parientes y es que si se aplica el concurso entre violencia sexual e incesto la pena sexual será más leve”.

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El jefe de la cartera explicó que “eliminar el delito es una mayor protección de integridad sexual de niños y niñas que sufran de violencia sexual en el ámbito familiar”, indicó.

Además, Osuna señaló que “el Estado no imponga una moral a la ciudadanía y sobre todo desde que no se imponga desde el código penal. Yo considero que el incesto es una conducta moralmente aborrecida, pero teniendo sexo entre dos personas adultas parientes, no está ocasionando daño a ninguna otra persona”.

Finalmente indicó que “en este gobierno creo oportuno decirle a la sociedad que el Estado no impone una moral y mucho menos desde el derecho penal”.

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¿Qué dice el Código Penal sobre el incesto?

Según el artículo 259, "el que realice acceso carnal u otro acto erótico sexual con descendiente o ascendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana, incurrirá en prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años".





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