Durante la audiencia de solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento, Alait Freja, abogado defensor de Daysuris Vásquez (exesposa de Nicolás Petro), solicitó al despacho judicial dejar sin efecto las restricciones impuestas a su clienta, incluyendo la prohibición de salir del país. El jurista argumentó que los fundamentos que motivaron dichas medidas en 2023 han desaparecido debido al avance del proceso y a hechos sobrevinientes.
Cambio en el panorama jurídico
La defensa recordó que las medidas no privativas de la libertad fueron impuestas el 4 de agosto de 2023, tras la imputación de los delitos de lavado de activos y violación de datos personales. Según Freja, en aquel momento el juez basó su decisión en el "peligro para la comunidad", enfocándose exclusivamente en el cargo de lavado de activos.
Sin embargo, el escenario legal de la exesposa de Nicolás Petro cambió tras la firma de un principio de oportunidad con la Fiscalía General de la Nación.
- Exclusión de cargos: Al legalizarse el acuerdo, el delito de lavado de activos fue excluido del proceso principal.
- Reducción del reproche: Con esta decisión, solo permanece vigente el cargo de violación de datos personales, una conducta que la defensa califica de "menor gravedad" al estar bajo el procedimiento penal abreviado (Ley 1826 de 2017).
Colaboración con la justicia
Otro eje de la solicitud fue el cumplimiento de los compromisos adquiridos por Vásquez. El defensor resaltó que, el pasado 16 de enero de 2026, un juez de control de garantías evaluó positivamente la colaboración de la procesada y decidió prorrogar el principio de oportunidad.
“La judicatura analizó que ella ha cumplido todas sus obligaciones. La única tarea pendiente no depende de ella, sino de los tiempos procesales: declarar en el juicio oral contra el señor Nicolás Petro”, puntualizó Freja.
Tensión por el reconocimiento de víctimas
La diligencia estuvo marcada por un debate jurídico sobre la participación de Laura Ojeda Estupiñán como presunta víctima.
- La Defensa: Sostuvo que el representante de Ojeda no está legitimado para intervenir, argumentando que el delito de violación de datos (del cual ella sería víctima) no fue el sustento de la medida de aseguramiento inicial.
- La Víctima: El abogado de Ojeda rechazó tajantemente la afirmación y solicitó tiempo para aportar documentos que ratifican su reconocimiento formal dentro del proceso.
Por su parte, la Fiscalía manifestó no tener objeción frente a la revocatoria de la medida, señalando que, tras más de dos años, los fines constitucionales que la justificaban han perdido vigencia.
Próxima cita: El despacho judicial suspendió la sesión para analizar las intervenciones y anunció que la audiencia se reanudará el 18 de marzo a las 2:00 p. m.