Corte Suprema no declaró crimen de lesa humanidad chuzadas del DAS

Sin embargo se examinará que instancias serían las pertinentes para buscar que ese caso sea declarado como crimen de lesa humanidad.
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Ingimage (Referencia).

En el marco de la condena de 7 años y 10 meses de prisión, que profirió la Corte Suprema de Justicia en contra Jorgue Noguera Cotes, exdirector del Das, el alto tribunal no declaró crimen de lesa humanidad el caso de las 'chuzadas ilegales'.

La solicitud ante la Corte Suprema de Justicia para que declarara crimen de lesa humanidad, se elevó por parte de los abogados de las victimas de las interceptaciones, que desde el DAS se hicieron a periodistas, políticos y hasta magistrados.

Advertían los abogados de las victimas que en ese caso se presentó un hecho sistemático, a un sector en específico, con persecución generalizada y obedeció a una política determinada.

No obstante, la Corte Suprema señaló que no declaró ese caso de las chuzadas como crimen de lesa humanidad, porque la Fiscalía General de la Nación al momento de la acusación en contra de Noguera Cotes no puso de presente esa situación.

"La Acusación en contra de Jorge Noguera Cotes no se formuló bajo el contexto de las conductas de lesa humanidad, de modo que la defensa no tuvo la ocasión de defenderse de los cargos bajo ese marco, de ahí que ya no es la oportunidad de discutir tal tema", precisa la Corte Suprema.

Reynaldo Villalba Vargas abogado del colectivo y representante de víctimas del caso Das, indicó lamentar ese hecho, ya que se escapó una oportunidad de oro para que el caso de las chuzadas fuera catalogado como crimen de lesa humanidad.

"Ha sido una pelea contante para que se declare el caso de las chuzadas como crimen de lesa humanidad, la Fiscalía no hizo la solicitud ante la Corte Suprema", recalcó Villalba.

De acuerdo con los abogados de las personas que resultaron afectadas por ese escándalo de las chuzadas, examinarán que instancias serían las pertinentes para buscar que ese caso sea declarado como crimen de lesa humanidad.

Por último la Corte Suprema, ante la solicitud que elevaron las victimas para que se ordenará un perdón público por parte del estado, señaló el alto tribunal que la instancia penal no es la pertinente para ese decisión, ya que le compete a la Jurisdicción Contenciosa Administrativa a través de una demanda.


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