C. Constitucional advierte que detención de migrantes venezolanos fue arbitraria

Los extranjeros fueron expulsados en el 2019, después de participar en manifestaciones. La corte ordenó investigaciones.
Migración Colombia
Crédito: Rcn Radio

La expulsión de un grupo de 50 migrantes venezolanos se hizo efectiva en el 2019, luego que la Policía los detuviera tras acusarlos de cometer supuestos actos vandálicos en manifestaciones contra el gobierno del presidente Iván Duque.

Las autoridades informaron que esa detención se hacía bajo la figura de “traslado por protección” y ellos fueron llevados al aeropuerto de Catam en Bogotá con destino a Inírida (Guainía) y dejados a su suerte en el río Orinoco.

El caso de estos extranjeros llegó a la Corte Constitucional que concluyó que Migración Colombia y la Policía Nacional se equivocaron, tras utilizar mal la figura de “traslado por protección”, violando los derechos de esas personas.

Ese tribunal explicó que la detención de los ciudadanos venezolanos “fue arbitraria... se desconoció la prohibición de expulsión colectiva de migrantes” y que lo hecho por esas autoridades fue “desproporcionado”.

“Procede amparar el derecho al debido proceso y el principio de dignidad humana y en consecuencia dejar sin efectos los actos administrativos de expulsión del territorio colombiano, y ordenar rehacer tal actuación sancionatoria”, dijo la Corte en su decisión.

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Ese tribunal ordenó a Migración revisar nuevamente el caso de los ciudadanos venezolanos y “en caso de determinar la ausencia de razones o motivación que justifique la sanción de expulsión, deberán ofrecer excusas públicas por el trato otorgado y el exceso en sus actuaciones”.

Sin embargo, la Corte fue más allá en su decisión y ordenó a esas entidades abstenerse de hacer “traslados por protección, ante la evidencia sobre el uso abusivo” de esa figura.

También compulsó copias a la Fiscalía y a la Procuraduría, para abrir investigaciones por las irregularidades que Migración y la Policía pudieron incurrir al detener y expulsar a los 50 ciudadanos venezolanos.

“Es preciso indicar que tanto en los traslados por protección como en la detención con fines de proceso migratorio, se configura una especial relación de sujeción entre el extranjero y el Estado y, por ello, ante la restricción de la libertad, es necesario que las autoridades garanticen todos los derechos del aprehendido en virtud de la posición de garante de tales", destaca uno de los apartes del comunicado de la Corte Constitucional.

Ese tribunal señaló que "por tanto, según se indicará, es necesario que la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia actualice, publique y divulgue un manual o instructivo de los derechos y deberes de los migrantes venezolanos en el territorio nacional, incluyendo los procedimientos y requisitos del respectivo acto administrativo, que respete el debido proceso administrativo”.


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