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Plenaria de la Cámara aprobó reforma al código de extinción de dominio

La Cámara de Representantes aprobó, con 84 votos a favor y cuatro negativos, la reforma al estatuto de extinción de dominio. Las autoridades tendrán mas herramientas para combatir la delincuencia organizada.

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Actualizado:
Martes, Marzo 21, 2017 - 17:16
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Colprensa.

El ministro de Justicia Enrique Gil Bueno dijo que  "es un tema que parte la historia en materia de lucha contra la criminalidad organizada, toda vez que con la ley de extinción de dominio se va a tomar un punto de partida y un mecanismo eficaz en esta materia".

"Realmente vemos que este proyecto de ley de extinción de dominio es un modelo de ordenamiento jurídico que va a ser seguramente imitado y seguido en otros países, porque por primera vez se superan las falencias de las leyes anteriores y se les da dientes o mecanismos de eficacia en la lucha contra la criminalidad , toda vez que se ataca el aspecto mas sensible que es el aspecto económico de las grandes empresas criminales".

Para el fiscal general de la nación, Néstor Humberto Martínez, con esta aprobación se le da mayor rapidez a la extinción de dominio.

El fiscal Martinez dijo que "para facilitar las medidas de administracion de los bienes, este es tal vez el elemento mas complejo que hemos tenido por décadas". 

"En materia de extinción de dominio se traen varias iniciativas como la posibilidad de avanzar mucho más rápido con la enajenación temprana y ese es un elemento fundamental. Forma parte del corazón del proyecto que nos aliviaría la administración sin adoptar riesgos, en la medida que esta siniestralidad de estas acciones en Colombia, no supera el 10 por ciento de acuerdo con lo que maneja la Fiscalía. Se esta previendo una reserva técnica del 30 por ciento, justamente para salvaguardar el patrimonio del Estado frente a contingencias que pueda derivarse frente a enajenaciones tempranas que plantea el proyecto".

Finalmente, se establece un mecanismo de justicia premial para que a partir de la delación se pueda promover esta acción de extinción de dominio y donde se están tomando unos ejemplos y experiencias del pasado. En el caso del "chatarrero".

"Por ejemplo, donde hubo un beneficio otorgado por el juez mientras el Fiscal había establecido un beneficio el 1 por ciento. El juez de extinción de dominio decretó un beneficio para la persona afectada que se allanó a la demanda del orden del 3 por ciento sin que exista un limite de valores absolutos".

Ademas, el proyecto plantea que la extinción del dominio entregue el 50 por ciento vaya para el Gobierno, el 25 por ciento para la Fiscalía y el otro 25 por ciento para el ministerio de justicia.

Este miércoles la reforma pasa a la última plenaria, esta vez en el Senado, y de aprobarse pasaría a sanción presidencial las reformas al estatuto de extinción de dominio.